Queda justo una semana para que llegue a Ansoáin la zona ZAR, de aparcamiento restringido nocturno (de 21.00 a 9.00 horas, franja horaria en la que sólo podrían aparcar los residentes). Se regulará con señales verticales hasta que se redacte una nueva Ordenanza de Tráfico, con la que vendrá también a futuro el pintado de plazas y la expedición de distintivos para los vehículos. El Ayuntamiento, eso sí, ha lanzado una campaña en la web municipal sobre las calles que se verán afectadas y un folleto informativo con preguntas y respuestas para resolver dudas.

Así, explican que en esta primera fase el cumplimiento de los horarios se va a controlar mediante la lectura de las matrículas a través de un dispositivo colocado en un vehículo policial que estará conectado al censo de vehículos registrados en Ansoáin del que dispone el Consistorio. También que tanto en esta primera fase como con la regulación definitiva es necesario que todas las personas residentes en Ansoáin que quieran aparcar en la zona regulada estén empadronadas y tengan su vehículo censado en el registro municipal, y que a quienes no figuren en el padrón y no hayan regularizado el registro del vehículo para el día 15 de noviembre, no se les sancionará siempre y cuando acrediten que han iniciado los pasos para regularizar esa situación.

Surgen dudas también en los empadronados y empadronadas que utilizan un vehículo de empresa. “¿Tengo derecho a aparcarlo en horario restringido? Sí, si se justifica que necesariamente se tiene que utilizar habitualmente un vehículo adscrito a la entidad donde desarrolla su actividad laboral o empresarial”, explica el folleto. Para acreditarlo, la empresa debe formalizar el documento disponible en la página web municipal y presentarlo en el ayuntamiento. “Tengo una actividad comercial en Ansoáin y el horario de restricción me afecta ¿tengo derecho a aparcarlo en ese horario? Si además de tener una actividad comercial es vecino o vecina de la zona regulada podrá aparcar como tal. Si no se figura en el padrón municipal y la actividad comercial, industrial, profesional o de servicios se ubica en la zona regulada y se ve afectada por la restricción horaria, se podrán obtener hasta dos autorizaciones por actividad en los términos recogidos en la normativa provisional aprobada, que se puede consultar en la página web”.

Las personas que, debido a su situación de salud o de incapacidad necesiten asistencia por parte de familiares o de personal contratado, podrán aparcar en horario restringido si no figuran en el padrón municipal si se acredita mediante justificación documental, para lo que será necesario acudir a las oficinas municipales a solicitar un permiso especial. Por otra parte, las zonas de estacionamiento limitado ZEL actualmente existentes continuarán teniendo las mismas condiciones de uso que hasta ahora, pudiendo aparcar en ellas durante el horario establecido para las franjas de media hora tanto personas residentes como no residentes. Fuera de ese horario solo podrán aparcar personas residentes o autorizadas.

En la imagen que acompaña esta información, el plano refleja las calles incluidas dentro del perímetro para el aparcamiento restringido: 1. Carretera de Ansoáin; 2. Travesía Padre Tomás de Burgui; 3. Calle Ostoki; 4. Avenida de Villava; 5. Calle Canal; 6. Calle José María Jimeno Jurío; 7. Calle Mendikale y 8. Calle Larrazkor. Quienes tengan dudas pueden acudir a las oficinas municipales, llamar al 948 132 200 (de lunes a viernes de 8.30 a 14.00 horas) o escribir a participacion@ansoain.es.

La normativa aprobada y el plano se pueden consultar en www.ansoain.es. Los vecinos y vecinas que lo deseen, si tienen más dudas, pueden acudir a las oficinas municipales o llamar al 948 132 200 (de lunes a viernes de 8.30 a 14.00 horas) para resolverlas. También a través de participacion@ansoain.es. La normativa aprobada y el plano de la zona regulada se pueden consultar en la página www.ansoain.es.