El Tribunal Administrativo de Navarra "ha vuelto a anular acuerdos de PSN-UPN en el Ayuntamiento de Orkoien por vulnerar los derechos de los concejales de EH Bildu", tal y como ha detallado este martes la coalición abertzale en una nota de prensa.

"El TAN ha rechazado todas las alegaciones de PSN-UPN y Juntos al recurso y reconoce el trabajo de fiscalización realizado por las concejalas y concejales de EHBildu durante la tramitación del expediente del Presupuesto", han añadido.

Las resoluciones 83-2026 y 286-2026 del Tribunal Administrativo de Navarra estiman los recursos presentados por EH Bildu y declaran nulas las Aprobaciones Definitivas de la plantilla orgánica y del Presupuesto 2025 por haber prescindido de las normas que contienen las reglas esenciales para la formación de la voluntad del Pleno municipal.

Frente a las críticas al trabajo de fiscalización de EHBildu vertidas por el Alcalde, responde el propio Tribunal en su Resolución, resaltando que: “(…) observamos del propio relato del informe municipal como, gracias a sus alegaciones y a sus reclamaciones, se han detectado importantes errores en el expediente y en las partidas del propio presupuesto que no habían sido detectadas por la intervención municipal ni por la secretaría municipal, ni por el resto de concejales, ya que habían sido aprobadas sin tacha en Comisión de Información y en el Acuerdo de 31 del Pleno del 31 de enero de 2025”.

“Es a raíz del interés del grupo municipal EH Bildu y del propio recurrente que se llegan a detectar importantes errores y omisiones que son de tal calado que llevan a la Alcaldía a convocar de nuevo al Pleno, en una nueva Sesión extraordinaria, para aprobar inicialmente, por segunda vez, el Presupuesto para el 2025 una vez corregidas los defectos y errores que denunció el recurrente en el Pleno de 31 de enero de 2025. Por lo tanto, ni desinterés en el fondo del asunto, ni mala fe o abuso de derecho por ampararse en defectos formales para recurrir todos los acuerdos de aprobación del Presupuesto. Es más, en el recurso de alzada, con todo detalle, se citan las nuevas irregularidades, errores y falta de documentación necesaria en el expediente del Presupuesto que se ha llevado a la aprobación definitiva”, explica el Tribunal.

La falta de transparencia, las limitaciones y vulneración del derecho al acceso a la información que vienen denunciando durante esta legislatura desde EHBildu, se ven ratificadas una vez más por el Tribunal para quién el plazo de acceso a la documentación del pleno “puede considerarse, además de ilegal, materialmente insuficiente para desempeñar sus funciones como representantes municipales y preparar los asuntos a tratar en la sesión plenaria”.

Desde EHBildu Orkoien recuerdan que “La gestión responsable y transparente del dinero público es un pilar fundamental de la gobernanza democrática. El manejo prudente de las finanzas y la apertura de la información sobre el uso de recursos garantiza la confianza ciudadana y la eficiencia administrativa”.

“Frente a las descalificaciones, insultos y amenazas seguiremos fiscalizando las actuaciones PSN-UPN y Juntos, defendiendo el derecho a la información y a la participación de las vecinas y vecinos”, finaliza EH Bildu.

La respuesta de Alcaldía

Por su parte, el alcalde de Orkoien, Álex López (PSN) ha respondido a las críticas de EH Bildu con el siguiente comunicado:

"Las afirmaciones vertidas en la nota de prensa sobre una supuesta falta de transparencia y vulneración sistemática de derechos por parte del Ayuntamiento de Orkoien pueden ser ampliamente rebatidas. Lo cual evidencia que EH Bildu parece estar orquestando una estrategia de desprestigio y bloqueo institucional basándose en cuestiones procedimentales descontextualizadas. En primer lugar, la nota acusa al equipo de gobierno de limitar y vulnerar el derecho de acceso a la información de los concejales abertzales. Cuestión que obvia que el Ayuntamiento cumplió de forma escrupulosa con el artículo 61 del Reglamento Orgánico Municipal (ROM), el cual establece que las convocatorias deben notificarse a través de la sede electrónica".

"Lejos de existir opacidad, la prueba más evidente de que no hubo una merma material de derechos es que otros miembros del propio grupo municipal de EH Bildu accedieron a la comunicación en tiempo y forma, y participaron plenamente en el pleno municipal debatiendo todos los puntos del orden del día".

"Esto sugiere que las acusaciones de EH Bildu no responden a una falta real de información, sino a una táctica obstruccionista. Al ampararse en el retraso particular de dos de sus concejales en abrir la notificación electrónica, buscan fabricar un incumplimiento técnico de los plazos para anular los presupuestos y decisiones municipales".

"Aplicar los plazos de garantías de terceros (ciudadanos) al funcionamiento interno de un órgano colegiado permite este tipo de abusos que buscan paralizar el Ayuntamiento. Además, frente a las insinuaciones de ocultismo, aclarar con contundencia legal y jurisprudencial que las sesiones extraordinarias no urgentes no requieren una motivación expresa en su convocatoria".

"Matizaciones a tener en cuenta según la Resolución del TAN (Cuestiones descontextualizadas): La nota peca de un claro sesgo al presentar cuestiones totalmente descontextualizadas. La Resolución 286 del TAN reconoce explícitamente que la nulidad del pleno del 31 de enero ha sido recurrida ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (procedimiento ordinario 298/2025) y aún no cuenta con una sentencia judicial firme".

"Presentar una disputa administrativa que está sub iudice como una condena definitiva de opacidad es una maniobra política de desprestigio. No obstante, la misma resolución obliga a matizar la actuación del Ayuntamiento, evidenciando que la entidad local asume prácticas de notificación que propician estos conflictos".

"El Tribunal Administrativo de Navarra (TAN) señala que para el pleno posterior del 16 de abril, el Ayuntamiento envió el aviso un viernes a las 15:54 horas, al cual el concejal recurrente accedió el lunes a las 8:35 horas. El TAN insiste en que la mera "puesta a disposición" no equivale legalmente a una notificación efectiva".

"El Tribunal desestima que haya "mala fe" en que el concejal no abra correos institucionales en fin de semana, y recalca que el Ayuntamiento debe garantizar dos días hábiles completos para el estudio de la documentación. En definitiva, la nota refleja una estrategia de desgaste por parte de EH Bildu, instrumentalizando plazos de notificaciones".

"Sin embargo, el Ayuntamiento debe asumir que apurar las notificaciones electrónicas está sirviendo en bandeja los defectos de forma que el TAN sanciona, mientras los tribunales ordinarios no resuelvan el fondo del asunto. Transformar un defecto de forma en acusaciones de "vulneración de derechos" supone pervertir el debate político".

"Se está utilizando una herramienta legal para deslegitimar al equipo de gobierno y anular por cuestiones de forma decisiones vitales, como los Presupuestos de Orkoien y la plantilla orgánica. Esta instrumentalización queda al descubierto al comprobar que la supuesta limitación de derechos es materialmente irreal".

"Es decir, se intenta ganar en los tribunales administrativos —aprovechando el retraso puntual de dos ediles concretos— lo que debería dirimirse mediante el voto, disfrazando de "fiscalización" lo que la demanda localiza como actuaciones directamente encaminadas al bloqueo institucional".