PAMPLONA- El 31 de octubre finaliza el plazo para presentar solicitudes en la convocatoria de ayudas para instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo que se hayan realizado y registrado desde el 1 de enero de este año hasta ese día. Por primera vez podrán participar viviendas colectivas y ser las instalaciones para uso compartido, ya que en 2018, primera edición de la convocatoria, pudieron participar solamente viviendas unifamiliares. Las solicitudes se deben presentar en el Registro General del Ayuntamiento, en los registros auxiliares o en cualquiera de los previstos en la Ley del Procedimiento Administrativo Común. Se resolverán por orden de llegada, hasta que se agote la partida.

El Consistorio pamplonés, que de esta manera quiere seguir impulsando el desarrollo de las energías renovables entre la ciudadanía, destina a esta iniciativa 20.000 euros. Produciendo y consumiendo la energía en la misma vivienda se logra mayor autonomía; reducir la factura eléctrica de cada edificio con el correspondiente ahorro económico y consumir energía 100% renovable. Además, la producción local de renovables permite disminuir el impacto sobre el clima y la contaminación del aire al ser una energía totalmente limpia y libre de emisiones de efecto invernadero.

Las bases fueron publicadas en el Boletín Oficial de Navarra número 96 de 20 de mayo. La información está disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Pamplona y en la página web del Servicio de Energía Verde. Se puede contactar con el Servicio de Energía Verde en el teléfono 948420991; en el correo electrónico agencia.energetica@pamplona.es., o acudir presencialmente a la oficina del servicio, ubicado en el edificio del Monasterio Viejo de San Pedro en la calle Errotzar, de 8.30 a 14.30 horas.

Para instalaciones aisladas o conectadas a la red

Se subvencionan las inversiones en instalaciones de generación de energía eléctrica fotovoltaica para autoconsumo realizadas en Pamplona, aisladas (no conectadas a la red) o conectadas a la red según establece el Real Decreto 244/2019. Ambos tipos de instalaciones podrán contar con sistema de acumulación de energía. Las instalaciones deben tener carácter permanente.Así, en viviendas unifamiliares tienen que ser de autoconsumo para la propia casa mientras que en el caso de edificios de viviendas colectivas pueden darse dos casos. Una opción es que las instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo se destinen a servicios comunes del edificio, es decir, para el consumo eléctrico que ilumine zonas como portal, pasillos, escaleras, garajes, trasteros, locales comunes para calderas centrales o bicicletas, y para la puesta en funcionamiento de los ascensores.

La segunda opción es para autoconsumo en edificios de 4 viviendas como máximo, con dos posibilidades en este caso. Que el autoconsumo de la producción eléctrica solar sea compartido como mínimo por 2 viviendas, y máximo por las 4, haciéndose un reparto de la producción para los diferentes consumos en las viviendas. También puede darse el consumo individual en el que la producción eléctrica solar se destina únicamente a uno de los suministros del edificio.La inversión subvencionable no podrá ser inferior a 2.000 euros; los trabajos de diseño o ingeniería no podrán exceder del 10% del coste total de la instalación; y el importe de la subvención será de hasta el 50% del gasto, con una cuantía máxima por solicitud entre 2.000 y 3.000 euros, según la tipología. Se consideran gastos subvencionables las inversiones en instalaciones de generación de energía eléctrica fotovoltaica para autoconsumo, que pueden incluir elementos generadores, sistema de anclaje y sujeción, inversores, cableado y protecciones, baterías y los trabajos de diseño o ingeniería.