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Renta básica

lAS ayudas sociales, la renta básica en este caso, tienen como finalidad remediar los males de quienes no alcanzan los mínimos para una existencia digna en el modelo democrático de convivencia. Son, en este sentido, un derecho social básico del Estado de bienestar. Por supuesto que su percepción debe estar sujeta al cumplimiento de requisitos objetivos y que es una obligación más de las instituciones responsables la persecución del fraude y los abusos que puedan organizarse alrededor del sistema de protección social. Pero ambas cuestiones no pueden elevarse a excusa para reducir la dotación pública o forzar la reducción del número de beneficiarios. El fraude, como cualquier otro delito, afecta exclusivamente a quien lo comete, pero no puede utilizarse como argumento para recortar derechos de forma generalizada. Según Cáritas, hay 4.000 unidades familiares en Navarra pendientes de la incertidumbre de recibir la renta básica una vez agotadas las prórrogas legales que establece la legislación para esta ayuda social. En realidad, es también una cuestión de prioridades presupuestarias: es necesario saber qué condiciones cumplen esas unidades familiares navarras para recibir la ayuda y a partir de ahí, es una obligación de las instituciones garantizar su percepción desde criterios de eficacia y justicia. La renta básica forma parte de la ética que otorga legitimidad al Contrato Social en el ámbito de los valores democráticos y no puede estar supedita a un regreso al ámbito de la moral particular -ideológica, religiosa o mercantilista-, donde la beneficencia sustituye a los derechos, la caridad a a la solidaridad y la economía a la dignidad.