El proyecto de consulta popular en Catalunya crea tensiones institucionales. La legalidad constitucional abortaría su convocatoria. El Estado de Derecho niega la palabra a la ciudadanía catalana. La navarra, sin embargo, tiene reconocida una capacidad a pronunciarse que UPN quiere amputarle. Se trata de la Disposición Transitoria Cuarta de la Constitución española, razón fundacional del partido regionalista, disconforme con esa previsión legal establecida en 1978. La citada Transitoria, que tiene su correspondiente en la Disposición Adicional Segunda del Amejoramiento del Fuero, regula el procedimiento para la incorporación de Navarra "al Consejo General Vasco o al régimen autonómico vasco que le sustituya". La iniciativa de incorporación corresponde al Parlamento Foral, por mayoría. Después, ratificación en referéndum con mayoría de votos válidos emitidos. Así de sencillo. Si la iniciativa no prosperase, el procedimiento solo se podría repetir en otro mandato parlamentario y, en todo caso, transcurrido un plazo mínimo de cinco años. El Parlamento Foral es también el Órgano Foral competente para la separación de Navarra de la Comunidad a la que se hubiese incorporado. Treinta y cinco años sin que el Parlamento Foral haya tomado esa iniciativa. Las cuentas no han salido ni en los tiempos de mayor esplendor nacionalista vasco en la Cámara. Ni saldrán, salvo que el PSN vuelva a sus orígenes de Agrupación Socialista de Navarra del PSE, con el tafallés Carlos Solchaga de consejero vasco y las prédicas vasquistas del mutado Víctor Manuel Arbeloa. El único experimento aproximado fue aquel Órgano Común Permanente diseñado por el efímero tripartito de 1995 (PSN-CDN-EA, con el apoyo parlamentario de IU). Su mera formulación desató la revelación de la firma del presidente Otano en una cuenta suiza del socialismo navarro. Hasta los sucedáneos de consolación resultan insoportables a la derecha foral y española. No parece democrática la actitud contumaz de UPN de esperar agazapado cualquier reforma de la Carta Magna para tratar de eliminar esa previsión constitucional. O la deja estar o favorece su activación. El referéndum rechazaría la incorporación, y cinco años de moratoria tras haber dado voz al pueblo. El respeto a los cauces de decisión de la ciudadanía imprime barniz democrático. Lo contrario es miedo a la verdad social. El Tribunal Constitucional -viciado por la connivencia de los dos partidos estatales mayoritarios- y el tamiz del Congreso de los Diputados han castrado la voluntad de los Parlamentos vasco y catalán. Navarra puede ejercer el derecho a la incorporación y a su vuelta atrás sin más mecanismos de control que su cámara de representantes y su voto cívico. Es un valor, no un desdoro. Como para presumir.