La Comisión Europea ha introducido un punto de equilibrio en el debate que se ha desencadenado sobre las tasas a las empresas energéticas con un diagnóstico y una propuesta que facilitará, en principio, un mayor consenso en torno a la medida. En ese sentido es significativo subrayar la adhesión del presidente de Iberdrola, Ignacio Sánchez Galán, que ha ponderado la orientación que la institución comunitaria ha dado a la medida, objeto de profundos debates y exceso de propaganda en las últimas semanas en el caso de la política española. Dos parámetros centrales permitirán reorientar la norma del Gobierno español, atendiendo al compromiso de la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, de trasponer los principios recogidos por la norma europea. En primer lugar, el oportuno enfoque de la tasa hacia los beneficios extraordinarios que puedan estar generando en las compañías energéticas los elevados precios de los mercados internacionales con motivo de la crisis de suministro de hidrocarburos desatada tras la invasión rusa de territorio ucraniano. A la aplicación de un tipo adicional a la facturación de las empresas y el conjunto de sus beneficios, se responde desde Europa con la identificación de que la medida extraordinaria debe concentrarse en los resultados también extraordinarios y no en una sobreimposición a la actividad ordinaria que afectaría directamente a la capacidad de inversión –con el consiguiente riesgo de impacto en la innovación, eficiencia y empleo–. En segundo lugar, la disponibilidad de los recursos públicos obtenidos por esta vía adquieren un carácter finalista en el modelo de Bruselas del que se carecía en la propuesta original planteada por el Gobierno español. Los ingresos obtenidos no irían a engrosar el conjunto de recursos presupuestarios sino a minorar el impacto en el bolsillo de la ciudadanía del precio de la energía. La iniciativa europea es menos propagandística y más pragmática que la anunciada por el Gobierno español y ayudará a darle un sentido más lógico y menos ideológico. En su desarrollo tiene que contemplarse además, atendiendo al principio de foralidad, un mecanismo acorde a la capacidad fiscal y un beneficio tangible para los ciudadanos de los cuatro territorios forales.