Escribía recientemente Juanjo Álvarez en los diarios del GRUPO NOTICIAS un artículo titulado “¿Qué futuro para el nuevo estatus?” en el que explicaba lo que, a su juicio, debieran ser los ejes principales de la reforma del Estatuto de Gernika.

Comparto totalmente con el autor su visión de la bilateralidad, así de cómo se debe articular una sociedad en la que conviven diferentes identidades. Respecto a esto último, el propio Álvarez expresa que hay que establecer una solución a través de una “identidad nacional vasca convergente, sin que nadie tenga que asumir el modelo de nación del otro”. O, dicho de otra manera, con el derecho –el Fuero–, como eje de construcción de la sociedad. Por eso, el concepto de Nación Foral me pareció tan acertado en su día y, por eso, me apena que no se hubiera continuado regando el único elemento transversal y común que nadie cuestiona: la foralidad. Porque es la foralidad –el poder darnos ley– lo que engarza con algo tan arraigado en nuestro pueblo como la voluntad de gobernarnos a nosotros mismos.

Expuestas las coincidencias, paso ahora a mostrar las discrepancias con el artículo, desde mi particular visión del país foral que, al sur de los Pirineos, se compone de cuatro territorios: Araba, Bizkaia, Gipuzkoa… y Navarra. Digo esto, porque leyendo el artículo se diría que el país de los vascos se circunscribe, únicamente, a la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV), institucionalizada a través del Estatuto de Gernika. Gernika no es la única herramienta de autogobierno que poseemos los vascos al sur de los Pirineos, puesto que también está la Lorafna, que institucionaliza al derogado reino de Navarra, en Comunidad Foral.

Una Lorafna que cumplía cuarenta años recientemente y que comparte muchas cosas con Gernika: ambas normas están sin cumplir, ambas no han sido actualizadas nunca, salvo unas modificaciones en la primera de poco calado, y ambas tienen dos disposiciones en las que dice, y cito textualmente: “La aceptación del régimen establecido en la presente Ley Orgánica no implica renuncia a cualesquiera otros derechos originarios e históricos que pudieran corresponder a Navarra, cuya incorporación al ordenamiento jurídico se llevará a cabo, en su caso, conforme a lo establecido en el artículo setenta y uno” y “la aceptación del régimen de autonomía que se establece en el presente Estatuto no implica renuncia del pueblo vasco a los derechos que como tal le hubieran podido corresponder en virtud de su historia, que podrán ser actualizados de acuerdo con lo que establezca el ordenamiento jurídico”. Otra concordancia muy relevante: la Reserva Foral en la que se reconoce como competencia de los Territorios Forales aquello que no sea competencia exclusiva del Estado. En otras palabras, es un límite a la propia soberanía única del Estado español.

Tanto las dos disposiciones señaladas, como la Reserva Foral, son elementos esenciales si se van a plantear reformas estatutarias de calado y que estén dentro del marco constitucional. La CAPV lleva tiempo debatiendo sobre el asunto y en Navarra se acaba de dar el pistoletazo de salida a la ponencia parlamentaria que ha de abordar dicha cuestión. La diferencia esencial entre ambos planteamientos es que la Lorafna ya tiene el objetivo cumplido que se ha marcado la reforma del Estatuto de Gernika: ser Comunidad Foral y engarzar en la Constitución española, únicamente, a través de la Disposición Adicional 1ª de la misma.

Gernika, por tanto, quiere llegar hasta donde está la Lorafna y avanzar hasta donde se pueda, realísticamente hablando, con el uso de las dos herramientas anteriormente mencionadas y que están reconocidas en el actual ordenamiento jurídico. Esa realidad la va a determinar, en primer lugar, la propia sociedad vasca si es capaz de tejer un acuerdo entre quienes queremos recuperar ese “derecho a darnos ley” –arrebatado en 1839 y recuperado, parcialmente, en 1978– y quienes defienden un encaje autonómico singular, pero que no cuestione la soberanía única española que define la Constitución.

En mi opinión estamos ante una oportunidad de oro para avanzar, juntos, en una profundización exitosa de nuestro autogobierno. Y ojo, no hablo de territorialidad a cuatro como, aviesamente, algún transitorio cuarto quisiera malinterpretar. No, yo hablo de estrategia común a cuatro como la que ocurrió en 1918 durante el movimiento municipalista por la Reintegración Foral Plena. Yo hablo de que, dentro de los marcos magníficamente explicados por Juanjo Álvarez, podamos construir unas nuevas herramientas en las que el derecho es el vínculo común entre la ciudadanía foral y donde unos no imponen una visión de su identidad, ni tampoco otros impiden una solución. Yo hablo, en definitiva, de acuerdos entre los que ocupan el cauce central de la sociedad, tanto la CAPV como en la Comunidad Foral de Navarra.

Finalizo ya. Si el objetivo de la reforma de Gernika es tener el mismo estatus de Navarra, pero corregido y aumentado y el de Navarra, profundizar en su autogobierno, me parecería un grave error no intentar sincronizar estrategias y, por lo tanto, sumar fuerzas.

La sierra de Aralar debe de dejar ser un muro invisible entre vascos, cuando siempre ha sido el corazón de nuestro país.

Autor del libro ‘Navarra, ¿por qué no es un Estado?’