Hace tiempo que me ronda la idea de escribir a este periódico para visibilizar una situación que afecta a muchas familias en Navarra y que pone en evidencia una contradicción en nuestras políticas sociales. Aprovechando la cercanía del 8M es un buen motivo para visibilizar esta situación.
Soy madre soltera, pero, paradójicamente, no puedo acceder a la acreditación de familia monoparental que otorga el Gobierno de Navarra. El motivo esencial es un requisito económico que limita la concesión de este reconocimiento a quienes no superen el indicador de Suficiencia Adquisitiva por Renta Adecuada (SARA). En otras palabras, solo se otorga a quienes se considera en situación de vulnerabilidad económica.
A modo de comparación, analizo los requisitos exigidos para obtener el título de familia numerosa, y en ningún caso se solicita acreditar la situación económica. Esto pone en cuestión el principio de equidad en la concesión de derechos y beneficios sociales. ¿Por qué una familia numerosa es reconocida como tal independientemente de sus ingresos, mientras que una familia monoparental debe demostrar que es “suficientemente pobre” para ser reconocida?
Las comparaciones no son odiosas cuando revelan desigualdades flagrantes. Este tipo de políticas no solo perpetúa una visión asistencialista de la monoparentalidad, sino que además invisibiliza la carga añadida con la que lidiamos las mujeres que estamos al frente de estas familias. Lejos de responder a un verdadero avance en derechos e igualdad, estas medidas refuerzan un sistema que solo nos reconoce desde la precariedad. Se nos niega un derecho a menos que podamos justificar necesidad económica, como si el reconocimiento de nuestra realidad familiar estuviera supeditado a la caridad y no a la justicia social.
La Constitución española, en su artículo 14, prohíbe cualquier forma de discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Asimismo, en su artículo 9.2 establece la obligación de los poderes públicos de promover la igualdad real y efectiva, y en el artículo 31 dispone que el sistema tributario debe basarse en la capacidad económica de cada ciudadano o ciudadana. Desde esta base legal, me pregunto si este requisito económico añadido a la condición de familia monoparental no constituye, en realidad, un ejercicio de discriminación institucional. De una manera indirecta el mensaje es el siguiente: si eres pobre, se te reconoce; si tienes unos ingresos dignos, no existes como familia monoparental, tú sí, tú no. Este tipo de situaciones discriminatorias son denunciadas por el movimiento feminista ya que perpetúan la precarización de muchas mujeres, invisibilizan nuestra realidad y deslegitiman la diversidad familiar y social.
En Navarra, el 78% de las familias monoparentales están encabezadas por mujeres. Una vez más, la desigualdad tiene rostro de mujer y nombre masculinizado, términos que no nos representan. Por eso, a modo de cierre, me gustaría reivindicar un concepto más acorde a la realidad, a modo de reconocimiento y justicia: monomarentalidad.