Mendigorría pierde el recurso contra el Decreto de Méritos
Estos ataques al euskara no se paralizan quedándose callados, sino dando respuesta, haciendo ruido
El Gobierno de Navarra aprobó el Decreto Foral de Méritos 97/2024 a finales del año 2024. Este decreto foral empeoró la Ley Foral del Euskara de 1986. Hasta entonces, los ayuntamientos podían valorar el euskara de la manera que estimaran oportuno, según sus necesidades, pero con el Decreto de Méritos los ayuntamientos de la zona mixta como mucho podrán valorar el euskara un 2,1%. Muchos ayuntamientos de la zona mixta valoraban mucho más el euskara. Por ejemplo, hasta un 10% en Berrioplano, Burlada, Zizur Mayor… El Decreto de Méritos supone un gran ataque al euskara y a la autonomía municipal. Por ello, el Ayuntamiento de Mendigorría lo recurrió judicialmente, pero la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra el 15 de enero de 2026 ha dado una sentencia contraria al recurso. ¡Qué raro!
Esto es lo que han dictaminado los jueces, resumido:
Primero.- El decreto es constitucional. La Constitución no obliga a que la oficialidad del euskara sea en toda Navarra.
Segundo.- La Carta Europea de la Lenguas Minoritarias no es parte del bloque constitucional. Sólo lo son la Constitución y las normas que la desarrollan. La Carta marca unos criterios interpretativos para proteger las lenguas minoritarias, pero no sirve para nada más. Además, esa interpretación se hace en función de la situación de cada lengua, tal y como establece la propia Carta.
Tercero.- El decreto no infringe la Ley del Euskara de 1986 (según los jueces, claro). Ni los artículos referentes a la zona mixta, ni la Disposición Adicional Segunda (que da poder a los ayuntamientos para aprobar ordenanzas del euskara). Los jueces señalan que tanto la Ley del Euskara como el Estatuto del Personal de las Administraciones Públicas de Navarra le dan poder al Gobierno de Navarra para desarrollar esas leyes. Y eso es lo que ha hecho el Gobierno de Navarra.
Cuarto.- En la sentencia de 2019 señalaron que no se podía hacer una valoración general del euskara para los puestos de trabajo, porque se debía hacer según las características de cada puesto. Pero en este decreto lo que hace el Gobierno es limitar la valoración del euskara (como mucho un 2,1%). Por tanto, es una cosa distinta. Las características de cada puesto no importan para establecer una puntuación máxima.
Nosotros sacamos otras consecuencias:
Primero.- Han pasado casi 40 años desde que se aprobó la Ley del Euskara. En este tiempo, los ayuntamientos de la zona mixta han aprobado alrededor de unas 500 convocatorias en las que puntuaban el euskara con un mayor valor que ese irrisorio 2,1%. Los jueces han puesto el punto final a esa práctica. También, claro está, el Gobierno progresista.
Segundo.- Ante este grave ataque no ha habido ninguna movilización, no ha habido ninguna protesta pública. Los sindicatos ELA y Steilas pusieron un recurso, pero los ayuntamientos abertzales aceptaron en silencio esta agresión. La mayoría de la ciudadanía no saben ni que ha sucedido. Sólo un ayuntamiento de la zona mixta ha recurrido el decreto, en completa soledad ante los jueces euskarafobos.
Tercero.- Estos ataques al euskara no se paralizan quedándose callados, sino dando respuesta, haciendo ruido, en las instituciones, en los Tribunales, en los medios de comunicación y, por supuesto en la calle.
Administrazioan Euskaraz Taldea