A veces se hace necesario señalar lo que es obvio. Hay jueces que prevarican. No lo digo yo, lo dicen los propios jueces mediante sentencias. De vez en cuando, algún juez es condenado por prevaricación y expulsado de la judicatura. No son muchos y los ciudadanos confiamos en que los jueces prevaricadores sean una exigua minoría entre una enorme mayoría de jueces que no prevarican. Igual que sucede con cualesquiera otros funcionarios o autoridades públicas; esperamos que las disposiciones del Código Penal que castigan la prevaricación se apliquen solo en casos que muestran un funcionamiento patológico de las instituciones, que las conductas tipificadas como delitos no sean la norma.
Hay jueces que no aplican correctamente la ley. No lo digo yo, lo dicen los propios jueces a través de sentencias. Una buena parte de las resoluciones judiciales (por desgracia, no todas) se pueden recurrir ante un órgano judicial superior. Y la resolución que resuelve el recurso, a menudo, puede recurrirse ante otro órgano. Esos órganos (Audiencia Provincial, Tribunal Superior, Tribunal Supremo, Tribunal Constitucional, Tribunal Europeo de Derechos Humanos) con cierta frecuencia estiman los recursos y anulan las resoluciones judiciales impugnadas porque no han aplicado debidamente la ley.
Los ciudadanos confiamos en que la mayor parte de las decisiones judiciales sean acertadas y no necesiten ser corregidas por un órgano superior. Pero sabemos que los jueces son seres humanos, así que no tenemos más remedio que desconfiar de que acierten siempre. En realidad, el Estado democrático de Derecho consagrado en la Constitución española se fundamenta en la desconfianza. No creemos que haya un ser humano perfecto e infalible, como el rey filósofo de Platón o el monarca absoluto del Antiguo Régimen, en quien confiar a ojos cerrados y a quien otorgar el poder de hacer y deshacer sin ningún control, encomendándonos a su bondad y sabiduría infinitas. Como sabemos que los seres humanos podemos ser malvados, podemos abusar de nuestro poder y podemos (solemos) errar, igual que a ratos podemos ser bondadosos y certeros, ponemos límites y controles a quienes ejercen cualquier tipo de poder. Sometemos a todos los poderes públicos a la ley y creamos infinidad de controles para detectar, corregir, castigar y evitar sus incumplimientos. En un Estado de Derecho, nadie está, o debe estar, libre de controles. Uno de esos controles es someterse a la vigilancia y crítica de los ciudadanos o instituciones.
Claro, que entre la teoría y la práctica suele haber una profunda brecha. Esos controles tampoco son perfectos, fallan a menudo. Entre los muchos fallos de los controles institucionales se halla la deriva corporativista que aqueja a bastantes de ellos. En principio, parece una buena idea, suena bien, que haya controles internos, que haya controles disciplinarios ejercidos en el seno de la propia institución, que haya controles ejercidos por los pares, por los propios miembros. El problema es que los seres humanos, entre muchos otros defectos, tendemos a ser sectarios y corporativistas. A menudo protegemos a los nuestros “con razón o sin ella”, como reza el Credo Legionario de Millán-Astray. El control de los funcionarios por otros funcionarios, de los policías por los policías, de los médicos por los médicos, de los jueces por los jueces… suele resultar bastante ineficaz. Hay que hacer una trastada tan enorme que ponga en peligro al propio colectivo para perder el respaldo de los iguales y recibir una sanción. Ese mismo corporativismo lleva a que las críticas a un solo miembro se entiendan como críticas a todo el colectivo o institución con el consiguiente cierre de filas y el contraataque a quien osó lanzar la ofensa.
Me temo que, últimamente, este fenómeno resulta demasiado evidente en la judicatura. No quiero ser injusto y generalizar. No lo hacen todos los jueces; algunos se desmarcan, la mayoría guarda silencio y prefiere hablar solo a través de sus sentencias y autos. Pero una buena parte de los que llevan la voz cantante, de los que representan al colectivo a través de las instituciones y de sus asociaciones, se muestran con harta frecuencia indignados, muy indignados. Claman contra las críticas a determinadas decisiones judiciales o determinados magistrados afirmando que ponen en peligro la independencia judicial. Poca confianza parecen tener en la propia capacidad de los jueces para sustraerse de las críticas o del ruido mediático y decidir con libertad, imparcialidad y criterio propio.
Afirman, cómo no, que respetan la libertad de expresión ajena, pero que esta no protege cualquier crítica. Aciertan con ello. Les falta añadir que los límites a la libertad de expresión, en un Estado de Derecho, están en el Código Penal. No es tolerable lo que está tipificado como injurias o calumnias; todo lo demás forma parte de un derecho fundamental. En lugar de rasgarse las togas tan a menudo, los jueces han de iniciar procedimientos penales cuando haya motivo para ello y guardar silencio en los demás casos, o ejercer también su derecho a la libre expresión pero aceptando que quien critica se expone a ser criticado, que no se puede criticar a quien critica por el hecho de criticar sin incurrir en el mismo motivo de crítica. El Poder Judicial no está inmune de la crítica de cualquier ciudadano o institución, como no lo están los demás poderes públicos.
Bien está que a los jueces les preocupe salvar la buena imagen del Poder Judicial. Porque, además de ser independiente e imparcial, es necesario que lo parezca. Es preocupante que no lo parezca, que los ciudadanos confíen, confiemos, tan poco en la Justicia. Lo indican los estudios del CIS (Centro de Investigaciones Sociológicas) sobre valoración del funcionamiento de la Justicia. Pero no ahora, a consecuencia de ciertos hechos recientes o del Gobierno actual. En 1987, el 63,3% de los encuestados creía que la Justicia funcionaba regular, mal o muy mal; en 1998 era el 81,6%; en 2011, el 76,7%; en 2019, el 72,1%.
La Ley Foral de la Administración Local de Navarra en su artículo inicial, en una redacción que me parece muy afortunada, regula los principios con los que debe actuar en la gestión de los intereses públicos “para la consecución por ésta de la confianza de los ciudadanos”. Son las instituciones quienes deben conseguir la confianza de los ciudadanos y quiénes deben preguntarse qué no están haciendo bien si no la tienen. No solo echar la culpa a los pregoneros.