Pamplona - La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra tumbó ayer el recurso presentado por Álvaro Fernández contra el Auto de 21 de diciembre de 2018 que decretaba el sobreseimiento y archivo de su querella por presunto delito de falsedad documental. Esto abre la puerta ya a la resolución deportiva por parte de la FIFA en la que Osasuna pide una compensación de 10 millones de euros (o de 3, subsidiaramente).

A pocos días de que llegue el Extremadura con Álvaro Fernández entre sus filas, el contencioso judicial que mantenía con Osasuna por una denuncia contra el presidente y el gerente parece haber llegado a su fin. La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra desestimó en la jornada de ayer el recurso de apelación interpuesto por Álvaro Fernández contra el Auto que decretaba el sobreseimiento y archivo de su querella por presunto delito de falsedad documental.

El futbolista acusó al presidente de Osasuna, Luis Sabalza, y al gerente de la entidad, Ángel Ardanaz, de falsificar la firma que figura en el contrato que le vinculaba a la entidad rojilla y que el guardameta rompió de forma unilateral.

Ya en primera instancia el Juzgado decretó el sobreseimiento y archivo de la denuncia del jugador, que después de eso interpuso un recurso de apelación que ahora ha vuelto a ser desestimado. Desde el comienzo de este proceso, en Osasuna tenían muy claro que iba a tener un final positivo para la entidad y que solamente era un movimiento para ganar tiempo y retrasar la resolución de la FIFA.

Ya no caben más recursos El Auto de la Audiencia Provincial, contra el que no cabe ya recurso, y por lo tanto es firme, impone además el pago de las costas de este recurso a Álvaro Fernández Llorente. El Auto se apoya en el informe de la brigada Provincial de la policía científica de Policía Nacional, que concluyó que las firmas del jugador que obran en el contrato del 30 de agosto de 2016 y en la solicitud de inscripción como jugador de Álvaro Fernández Llorente en la Federación Española de Fútbol para la licencia en la temporada 2016/17 fueron realizadas por el futbolista. “Si partimos por tanto de esta conclusión técnico pericial y se constata que la querella lo fue por un presunto de falsedad documental, una vez que se ha acreditado desde un punto de vista pericial que no existe la falsedad denunciada, es evidente que no cabe sino proceder al sobreseimiento libre que acordó el juzgado a quo, sin que sea procedente como se plantea en el recurso que continúen las diligencias previas cuando evidentemente los hechos por los que se incoó el procedimiento penal, la presunta falsedad, se ha acreditado que es inexistente”, explica el Auto. “Es por todo ello que debe desestimarse el recurso y confirmarse la resolución de instancia”.

Lo más inexplicable de todo esto es que Álvaro reconoce, como en el recurso que la firma es suya, por lo que él mismo desmonta su acusación contra los rectores de Osasuna.

Además, la juez impone las costas del recurso a Álvaro Fernández al apreciar “temeridad en su conducta procesal al formular el recurso de apelación”. El Auto cita una sentencia anterior del Tribunal Supremo para justificar su postura en la que se dice que “desde luego se considera temeridad cuando se ejerce la acción penal, mediante querella, a sabiendas de que el querellado no ha cometido el delito que se le imputa”. El juzgado de primera instancia ya determinó en diciembre de 2018 que se abrieran diligencias contra el jugador por “denuncia falsa y simulación de delito”.

Asimismo, el club quiso “mostrar su satisfacción por la decisión de la Audiencia Provincial de Navarra ante el lamentable intento de Álvaro Fernández de dañar la honorabilidad del presidente de la entidad, Luis Sabalza, y de su gerente, Ángel Ardanaz, así como del propio club que le acogió y formó”. Un claro mensaje hacia la actuación realizada por el jugador y, sobre todo, por su entorno.

De esta manera queda finiquitada, salvo sorpresa que en el propio club rojillo no esperan, la etapa judicial de este caso con una resolución totalmente favorable a Osasuna, por lo que ahora solo queda esperar que la deportiva que lleva la FIFA también caiga del lado rojillo que puede ingresar una suculenta indemnización por todo este caso.

27 de noviembre. Ese día se produjo la prueba pericial para determinar si la firma de Álvaro Fernández era o no falsa.

19 de diciembre. El primer paso para esta victoria de Osasuna fue ese día. El perito aseguró que la firma era la del portero.

3 de enero. Primer sobreseimiento de la causa. Además se mandó a la Fiscalía el asunto para que investigase si se trataba de una denuncia falsa.

26 de marzo. Tras eso, el abogado de Álvaro Fernández interpuso un recurso de apelación que quedó desestimado en el día de ayer.

Pago y sanción. Si sigue adelante el proceso de la FIFA, el jugador puede ser sancionado a pagar una cifra económica y el Mónaco puede estar varias ventanas sin fichar por haber fichado a un jugador con contrato en vigor.

10

Millones

Osasuna reclama el pago de la cláusula de la rescisión que tenía Álvaro en caso de que pasase al primer equipo de Osasuna.

3

Millones

Subsidiariamente, Osasuna reclama tres millones de euros, que era la rescisión que tenía el jugador en el Promesas.