pamplona - El Ayuntamiento de Pamplona ha iniciado un expediente de reclamación contra la empresa Indra Sistemas SA, implicada en la trama Lezo en la que se investiga la financiación ilegal del PP y de sus dirigentes en Madrid, por diferentes “incumplimientos” en el contrato firmado en su día con el Consistorio para el mantenimiento de la red de semáforos. La demanda asciende a más de 165.000 euros. Los trabajos se efectuaron entre los años 2012 y 2015, con un gasto de 2,5 millones. El Ayuntamiento podrá exigir 152.308€ por obras que la empresa se comprometió a hacer pero que no ejecutó si bien le dieron ventaja en el concurso y a su vez produjeron “un enriquecimiento injusto de la adjudicataria”. Una cantidad que se “debería haber descontado de la factura de mantenimiento mensual”. Por otro lado, Indra tampoco justificó 12.799,10 euros de gastos entre las 25 facturas analizadas (40.000 euros) lo que supone un “evidente incumplimiento del contrato por parte de Indra” y podría ser constitutivo de una infracción “grave” o “muy grave”, según el letrado.

La resolución firmada el pasado 25 de mayo por el concejal delegado de Seguridad Ciudadana en el Ayuntamiento de Pamplona Aritz Romeo acusa a la empresa de no realizar algunas de las “mejoras ofertadas” y de no ejecutar “partidas pagadas por el Ayuntamiento”. Cabe recordar que Indra se hizo cargo por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del 13 de diciembre de 2011 (gobierno de UPN) del servicio de asistencia técnica, conservación, reparación y montaje de las instalaciones de regulación del tráfico en la ciudad.

Ante los informes técnicos del Área de Seguridad Ciudadana y Convivencia y del informe jurídico recogidos en el expediente se acuerda la apertura de un expediente “con el fin de reclamar los posibles incumplimientos así como depurar las posibles responsabilidades”. El expediente incoado parte a su vez de una denuncia anónima en la que se apuntaba a una posible estafa por valor de 400.000 euros entre facturas falsas y obras no realizadas. La documentación fue revisada por los servicios técnicos.

El contrato fue adjudicado vía concurso para el año 2012 y prorrogado durante los años 2013, 2014 y 2015 en virtud de lo dispuesto en el condicionado. Indra depositó a su vez una fianza de 26.000 euros.

La empresa ofertó en el concurso diferentes mejoras en el servicio sin coste alguno para el Consistorio, 30 en total, que fueron valoradas por la propia empresa en la cantidad de 750.311,87 euros. Por estas mejoras Indra recibió 15 puntos, la máxima puntuación en la valoración técnica. El pliego establecía que dichas mejoras debían realizarse durante el primer trimestre del contrato y excepcionalmente se podría prorrogar dicho plazo “debido a la dificultad de implantación”. “En caso de no ejecutarse las mejoras propuestas su valor correspondiente será descontado de la factura de mantenimiento mensual además de considerarse una falta muy grave”, precisa el informe. Dichas obras también se podían sustituir otras de igual valor en función de las necesidades. El técnico del área justifica que las mejoras ofertadas fueron realizadas en su gran mayoría entre el 2012 y el 2013 dado el “volumen, complejidad y tiempo requerido”, y aduce que el Ayuntamiento tampoco requirió a hacerlo en el periodo establecido. Y recuerda la mala situación económica de la empresa y que en el periodo 2008-2011 introdujo mejoras por valor de 1,5 millones.

Por su parte, el informe jurídico establece que el Ayuntamiento podría reclamar el valor correspondiente a las mejoras “no efectuadas”, por un importe de 152.308,63 euros. No obstante no ve la vía de la sanción, siguiendo el informe técnico, ya que “fue el propio ayuntamiento quien por su falta de propuestas o por no considerarlas necesarias, instó a la no ejecución, motivo por el cual no podría atribuirse responsabilidad a la adjudicataria”. En caso de que “no se compartiera esta argumentación, al tratarse de una infracción muy grave la misma no habría prescrito al no haber transcurrido el plazo general de tres años aplicable a las infracciones muy graves”. En relación a las facturas no justificadas, los hechos podrían ser constitutivos de una infracción grave, calificada como tal en el pliego de cláusulas adminsitrativas, si bien en este caso “ podrían haber prescrito algunas de ellas”. También podrían calificarse de muy graves con un plazo de prescripción más amplio pero sin que se pueda “concretar la existencia o no de prescripción”.