El director general de Administración Local del departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, Francisco Pérez Arregui, en ejercicio del derecho de rectificación y en relación con la noticia publicada en este medio de comunicación el pasado 10 de abril, solicita la exposición de su versión, según la cual no se corresponden con la realidad los titulares: "El director de administración local incumple la Ley al administrar siete sociedades» y «El Director de Administración Local incumple la Ley de Incompatibilidades" como tampoco se corresponden con la realidad los hechos que contiene el texto publicado en ambas noticias y en el editorial, por lo siguiente:
1. En ninguna de las siete sociedades que identifica la noticia: Patrimonial Turística Navarra, S.L.; Distribuciones y Servicios Empresariales Alpe Asociados, S.L.; Biocarburantes y Distribuciones Navarra, S.A., MLP Navarra Logística de Petróleos, S.L. Energo Navarra, S.L.; Residencial Valle Ulzama, S.L. y Transportes lragar, S.L. desempeño actividad ni cargo de Administrador.
En las cuatro primeras, el cese como administrador se adoptó por Acuerdos de las respectivas Juntas Generales de socios celebradas en junio de 2012, es decir, con anterioridad a mi nombramiento como Director General de Administración Local con efectos del día 4 de julio de ese año. Dichos ceses se formalizaron en sendas escrituras públicas ante Notario a lo largo del mes de julio de 2012. En dos de las anteriores, Alpe Asociados, S.L., y MLP Navarra Logística de Petróleos, S.L., la inscripción del cese figuraba inscrita en el Registro Mercantil a fecha de publicación de la noticia (10.4.2014).
Respecto de las otras tres sociedades: Energo Navarra, S.L.; Residencial Valle Ulzama, S.L. y Transportes lragar, S.L., está acreditado, mediante la oportuna certificación, que no han desarrollado actividad alguna, las dos primeras en ningún momento (por tanto, no ha existido desempeño de cargo de administrador) y la tercera desde el año 1998.
2. Contrariamente a los hechos recogidos en el editorial, en los titulares mencionados y en el texto de la información que los desarrolla (sección de Política, páginas 14 y 15, "El Director de Administración Local incumple la Ley de incompatibilidades", "Patxi Pérez incumple la Ley de Incompatibilidades que afecta a los miembros del Gabinete y altos cargos del ejecutivo", "El director general de Administración Local, Patxi Pérez Arregui, consta como administrador único, solidario o mancomunado de al menos siete empresas, lo que supone un incumplimiento de la Ley de Incompatibilidades (. . .)", "(. . .) el incumplimiento de esta normativa por parte de Patxi Pérez Arregui es flagrante", "(. . .) su desempeño en hasta siete empresas que se encuentran en activo es patente", no he desempeñado actividad ni cargo alguno en las sociedades citadas durante el ejercicio del cargo público que ostento al servicio del Gobierno de Navarra y, en consecuencia, no se ha producido incumplimiento alguno del régimen de incompatibilidades de los altos cargos que prevé la Ley Foral 19/1996, de 4 de noviembre, lo que determina la falsedad de la información difundida.
3. Por último y en relación con esta cuestión, la Dirección General de Función Pública, órgano al que, conforme a lo dispuesto en el Capítulo 111 de la Ley Foral 19/1996, de 4 de noviembre, de Incompatibilidades de la Administración de Navarra, compete la gestión, vigilancia y control del Registro de Actividades e intereses de altos cargos del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, ha informado que no se ha producido incumplimiento alguno del régimen de incompatibilidades de los altos cargos.
El informe citado concluye literalmente que "no se aprecia en este caso incumplimiento alguno del régimen de incompatibilidades de los altos cargos".