La mayoría progresista del Tribunal Constitucional ha concluido este martes que la Carta Magna no prohíbe la concesión de amnistías, en el marco de las deliberaciones sobre el borrador de sentencia que propone validar la ley de amnistía al 'procés' y que se espera que sea avalado al término del Pleno monográfico celebrado esta semana en la corte de garantías.

Según ha informado el Constitucional, en la primera parte de la sesión plenaria que se desarrolla este martes, "se ha debatido si la Constitución permite una ley de amnistía en abstracto". Y "la opinión mayoritaria de los magistrados ha considerado que la Constitución no la prohíbe y que, por tanto, el legislador puede aprobar leyes de amnistía", ha indicado.

Los magistrados han avanzado así en el debate sobre la ley de amnistía propiciado por el recurso de inconstitucionalidad presentado por el PP contra toda la norma jurídica, cuya ponencia ha recaído en la vicepresidenta del Tribunal Constitucional, la magistrada progresista Inmaculada Montalbán.

En la primera sesión de este Pleno monográfico, que tuvo lugar el pasado lunes, el Constitucional analizó la petición del PP, del Senado y de tres magistrados conservadores –Enrique Arnaldo, César Tolosa y Concepción Espejel– para que la corte de garantías presentara su propia cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) o al menos esperara a que contestara a las planteadas por otros tribunales, pero la mayoría progresista también lo rechazó.

La deliberación, que se está desarrollando por bloques temáticos, seguirá con el estudio de si esta ley de amnistía en particular es constitucional. Finalmente, los magistrados estudiarán las tachas específicas que los 'populares' hacen a determinados artículos de la norma jurídica.

Cada bloque tendrá un debate donde se dará voz a todos los magistrados, por lo que los tiempos serán los que vayan marcando esas intervenciones. No obstante, las fuentes jurídicas consultadas por Europa Press confían en que el Constitucional pueda sentenciar el jueves o, a más tardar, el viernes.

Pleno reducido, misma mayoría

El Pleno está constituido por 10 de los 12 magistrados que lo forman habitualmente, con una mayoría progresista de 6 a 4. Esta aritmética, que ha funcionado de forma asidua en este Constitucional, lleva a las fuentes preguntadas a asumir que el grupo mayoritario se impondrá también para aprobar la ponencia sin cambios de calado.

Cabe recordar que el magistrado Juan Carlos Campo se apartó voluntariamente de todos los asuntos relacionados con la amnistía porque en los informes que firmó como ministro de Justicia para indultar a los condenados por el 'procés' dijo que era "claramente inconstitucional".

A su baja se sumó la del magistrado conservador José María Macías, al aceptarse la recusación lanzada por la Fiscalía por entender que estaba contaminado para fallar sobre la amnistía porque como vocal del anterior Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) informó sobre la ley en el marco del trámite parlamentario.

La salida de Macías provocó un profundo malestar en el bloque conservador que ha ido 'in crescendo'. Las fuentes consultadas reprochan el "absoluto secretismo" con el que se gestó la ponencia de Montalbán, a pesar de que finalmente se dio a conocer su sentido en los medios de comunicación antes de que fuera repartida entre todos los magistrados.

Apuntan también a las sucesivos acuerdos adoptados por el presidente del Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, desoyendo las peticiones procedentes del sector minoritarío. En este sentido, recuerdan que primero descartó frenar la sentencia de la amnistía por el TJUE y después se limitó a habilitar lunes y viernes para este Pleno, cuando Arnaldo le pidió extender la deliberación a julio. Mientras que, del otro lado, ven en dichas solicitudes "maniobras dilatorias".

Con todo, el Constitucional encara el debate sobre uno de los asuntos de mayor trascendencia de los últimos años –junto al 'procés' o el estado de alarma– totalmente fracturado. No hay "una auténtica deliberación", reprochó Arnaldo a Conde-Pumpido en un escrito.

Borrador de la sentencia

La ponencia, de 191 páginas, valida la amnistía argumentando que "el legislador puede hacer todo lo que la Constitución no prohíba explícita o implícitamente", rechazando de esta forma que la prohibición expresa de los indultos generales pueda extenderse por analogía a la amnistía, sobre la que la Carta Magna nada dice.

Respecto a la motivación de la amnistía, que el PP achaca a "una transacción política para asegurar la investidura" de Pedro Sánchez, Montalbán subraya que las leyes siempre responden a "criterios de oportunidad política", de modo que "su porqué es jurídicamente indiferente". Pese a ello, resuelve que esta ley no es un "capricho" porque busca "mayor paz ciudadana".

Solo da la razón al PP en tres cuestiones concretas: ve inconstitucional la "asimetría" para amnistiar a quienes apoyaron y se opusieron al 'procés'; que la ley incluya "una habilitación insólita" para continuar con las "actividades criminales en el futuro"; y que solo imponga escuchar a Fiscalía y a los organismos públicos perjudicados en las causas en el Tribunal de Cuentas para pedir su archivo.