La ley para regular la Criminología como profesión llega al Congreso
Exige el título de Criminología para ejercer y detalla 21 ámbitos de actuacion y más de 30 puestos profesionales para trabajar
Sumar ha registrado en el Congreso una proposición de ley para regular el ejercicio profesional de la Criminología, una norma que por primera vez establece las condiciones para el reconocimiento de la profesión, delimita sus funciones específicas y fija los requisitos de ejercicio en los sectores público y privado. La iniciativa, recogida por Europa Press, busca identificar las funciones de la profesión, definir los requisitos para ejercerla y garantizar su integración en los sistemas públicos y privados relacionados con la prevención, intervención, investigación y evaluación de la criminalidad y la seguridad.
La proposición establece que solo podrán ejercer profesionalmente quienes posean el título universitario oficial de Licenciatura o Grado en Criminología, o su equivalente homologado, siendo esta exigencia vinculante para todos los sectores que contraten profesionales criminólogos. El texto de Sumar, basado en la propuesta del Colegio Profesional de la Criminología de Madrid y apoyado por los Colegios del resto del país, define la Criminología como una “disciplina científica interdisciplinar” que estudia las causas, naturaleza, extensión, prevención y control del delito y la desviación social, así como la intervención con víctimas e infractores.
La norma fija 21 ámbitos competenciales, entre ellos la evaluación del riesgo de reincidencia y revictimización, la elaboración de informes criminológicos, el análisis de la criminalidad, la prevención en materia policial, penitenciaria, vial y cibernética, la intervención con víctimas o la participación en justicia restaurativa. También se enumeran más de 30 posibles puestos profesionales, como perito judicial, analista delictivo, técnico en instituciones penitenciarias, docente e investigador, especialista en ciberseguridad, criminólogo ambiental, asesor en medios o técnico en protección del informante.
Incorporación del criminólogo en las administraciones públicas
La ley prevé que las administraciones públicas deberán incluir la figura del criminólogo/a en sus ofertas de empleo y relaciones de puestos de trabajo en ámbitos vinculados a la prevención del delito, la reinserción social, la atención a víctimas, la mediación, la seguridad pública o la protección del informante. También regula los derechos y deberes del colectivo, el secreto profesional, la creación de un código deontológico y un régimen sancionador con infracciones leves, graves y muy graves.
La proposición incorpora medidas sobre igualdad, accesibilidad, fomento del empleo, la creación del campo universitario de Criminología como disciplina independiente y la integración de la profesión en la función pública en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la ley. Entre las medidas destacan el desarrollo del Registro Nacional de Criminología, la regulación del régimen sancionador y la homologación de títulos en un máximo de seis meses.
La exposición de motivos subraya que la Criminología es una ciencia esencial para comprender y prevenir la delincuencia y mejorar las respuestas institucionales, recordando que la falta de regulación ha generado inseguridad jurídica y limitaciones de acceso al empleo. El texto reivindica su papel en ámbitos policiales, judiciales, penitenciarios, educativos, comunitarios, empresariales y de ciberseguridad, y destaca que la profesión ya está reconocida en Europa. La ley concluye que la Criminología es clave para diseñar políticas públicas basadas en evidencia, mejorar la convivencia y homologar la situación española a los estándares europeos, siendo una profesión “fundamental para la mejora de la convivencia en nuestro país”.
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