La caza con cepo está considerada como delito tras la reforma del Código Penal que entró en vigor en diciembre
La reforma del Código Penal que entró en vigor el pasado mes de diciembre sí contempla que la caza con cepo o con lazo constituya un delito contra la protección de la fauna y no sólo una infracción administrativa. En la nueva redacción del artículo 336 se relata que "se castigará con penas de cuatro meses a dos años de prisión o multa de 8 a 24 meses al que, sin estar legalmente autorizado, emplee para la caza o pesca veneno, explosivos, u otros instrumentos o artes de similar eficacia destructiva o no selectiva para la fauna". Este último concepto, no selectivo para la fauna, penalizaría la caza con cepo o lazo. Como se recordará, este periódico publicó esta semana una sentencia del Juzgado de lo Penal número 3 de Pamplona por la que se absolvía a un acusado que colocó cepos con hormigas aladas en su huerta de Tudela. El fiscal ha recurrido esta sentencia. Los hechos se cometieron con anterioridad a la entrada en vigor de la reforma penal.
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