Los cotos pagan si el choque sucede en su terreno, por negligencia y en día de batida
un conductor se quedó sin indemnización al no poder demostrar con qué animal chocó porque este huyó
pamplona. La casuística que se dirime en el caso de los accidentes con animales es de lo más dispar y puede sacar a la luz situaciones de lo más sorprendentes. Sin ir más lejos, en febrero, un juzgado estimó la reclamación de un conductor que chocó contra un tejón en la carretera NA-411 (Ostiz). En vía administrativa, el Gobierno desestimó la reclamación ya que los agentes de la Guardia Civil no pudieron desplazarse al lugar del accidente y no se descartaba que el accidente se hu-biera producido por otras razones atribuibles al conductor. Pero, para suerte del demandante, el fallo recoge que el conductor aportó fotografías del animal causante del choque, tal y como le recomendaron los agentes, que un perito informó de que los daños del turismo eran compatibles con la colisión contra dicho animal.
En otra resolución judicial reciente, en un accidente causado entre Zúñiga y Gastiain por un jabalí, el juez condenó a la asociación local de cazadores a abonar 1.130 euros a un conductor y a su aseguradora. El accidente tuvo lugar un día en el que hubo batida de jabalíes y, por tanto, la sentencia observa que se produjo como consecuencia de la negligencia en la gestión del terreno acotado o de la acción de cazar. En este caso no se pudo encontrar al animal en cuestión, pero se determinó que era un jabalí por los restos biológicos (pelos) que dejó en el automóvil. Menos suerte tuvo un automovilista que sufrió un accidente contra otro animal en San Martín de Unx un día de batida y dentro del terreno de un coto de caza. Sin embargo, aunque el conductor sospechó que había chocado contra un corzo, no lo pudo demostrar. El animal quedó herido, pero pudo huir del lugar y la reclamación quedó en agua de borrajas.
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