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Condenado un policía foral de Tráfico que usó la base de datos para lucrarse al contratar seguros

Ejercía en Tudela y se le imponen 38 meses de inhabilitación como funcionario

pamplona - Un policía foral adscrito al grupo de Atestados de Tráfico de Tudela ha sido condenado por el Juzgado de lo Penal número 4 de Pamplona a tres años y dos meses de inhabilitación como funcionario o cargo público y a una multa de 1.000 euros después de el juez considerara acreditado que usara la base de datos del cuerpo policial para realizar gestiones de cara a contratar seguros con los que se lucraba. La sentencia es recurrible.

Según los hechos probados de la sentencia, el agente se dedicó al menos desde el 8 de septiembre de 2011 y hasta el mes de junio de 2013 a la realización de labores profesionales, al margen de su condición de policía, para una compañía de seguros, trabajos que realizaba en una oficina de una localidad de la Ribera. La sentencia recalca que “con el fin de conseguir un mayor éxito profesional aportando documentación exigida para contratar seguros de automóvil (sacaba información sobre la ITV, fotocopia del permiso de conducir y del de circulación), el acusado utilizaba los servicios informáticos exclusivos del Gobierno foral para adquirir dicha información, mediante el acceso a bases de datos restringidas a los agentes de policía, usando la información en su beneficio y en el de su esposa (que también trabajaba para la aseguradora) y llegando a concertar distintas pólizas”. El procesado obtuvo 433,25 euros a través de las comisiones de los seguros que contrató.

El procesado reconoció haber accedido a la base de datos y que los clientes a los que contrató las pólizas le autorizaron para mirar dichos datos, algo irrelevante para el magistrado, pero el acusado decía que lo hacía como favor y que antes de dicha consulta su esposa (que trabajaba para la aseguradora) les había hecho a dichos clientes una propuesta de seguro.

El juez desarma estos argumentos y afirma que los contratos evidencian “no una relación casual del acusado con la agencia de seguros sino una relación profesional de nada menos que 14 meses. Es obvio que una relación mercantil de esta índole no se basa en una apariencia”. Además, el fallo recuerda que el acusado aparecía en las redes sociales “amparándose como responsable de la oficina y en los contratos como agentes exclusivo” y que el procesado no solo utilizaba los recursos informáticos del Gobierno foral para “acceder a las bases de datos con la finalidad de evitar trámites burocráticos a sus clientes de la empresa de seguros que él representaba, sino también para efectuar actos propios de mediación en el contrato de seguro”.

53 consultas sin interés policial Según la resolución judicial, el acusado realizó a lo largo de año y medio 135 consultas en la base de datos de las que “nada menos que 53 no tenían interés policial. Es un dato de una dimensión alarmante para un agente de policía”.

Para ejemplificar la conducta del acusado, el juez recuerda que sería como si “el funcionario del juzgado pasa a su esposa, propietaria de una asesoría, información actualizada de los antecedentes penales de un cliente que quiere realizar ciertos trámites para, por ejemplo, adoptar a un niño en el extranjero. Este servicio, que ahorra también trámites al solicitante en beneficio de la empresa de la mujer del funcionario, estaría en la misma situación que la enjuiciada”. En este sentido, el juez concluye que “las bases de datos no son propiedad de los particulares que las integran sino en este caso de la Dirección General de Tráfico que las pone a disposición de los profesionales destinados en los distintos cuerpos policiales”. - E.C.