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"Es la primera sentencia en Navarra que reconoce mérito y capacidad a interinos por su formación"

El despacho Beaumont Aristu, que lideró las demandas, valora la aplicación de directivas europeas en el fallo

El despacho Beaumont Aristu, que ha obtenido las primeras sentencias a favor de la fijeza de estos interinos, expresa que los argumentos del juez en sus sentencias “son pioneros, muy trabajados y valientes”. Así, apuntan desde el despacho que el juez dedica una parte importante de las sentencias a explicar y justificar el por qué se aparta ahora de decisiones anteriores suyas, haciéndolo tras un estudio detallado y minucioso de la evolución jurisprudencial tanto del TSJN (Sala Social), como del Supremo y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en Luxemburgo que aplica disposiciones de la citada directiva comunitaria dirigidas a proteger a los trabajadores frente a la temporalidad en el empleo.

Este es, para el despacho Beaumont Aristu, “el eje central de los derechos que a los trabajadores temporales o interinos de las Administraciones Públicas reconoce la citada directiva: el derecho a la estabilidad en el empleo, que es y debe ser la regla general, a pesar de lo cual en el caso de las Administraciones Públicas españolas, y también de las navarras, la regla general se ha convertido desde hace años, en la excepción, llegando a índices de temporalidad de trabajadores que simplemente no se soportan ni se pueden justificar en modo alguno”.

El citado despacho concluye que la necesaria evolución jurisprudencial avanza -despacio pero con paso firme- en la buena senda de reconocer a los trabajadores (la parte débil siempre en cualquier relación contractual) el derecho a la estabilidad en el empleo, frente a las Administraciones Públicas empleadoras que, desconociendo durante demasiado tiempo ese derecho básico y esencial, les han sometido a un régimen de contratación administrativa plurianual sujeto sólo a la posibilidad de extinción de sus contratos, sin derecho alguno siquiera a indemnización, cuando las plazas vacantes que ocupaban se cubrieran reglamentariamente”.

Ahora, para los trabajadores a los que se les reconoce la fijeza, sus derechos son los mismos que los de los trabajadores laborales fijos, y para los que les ha reconocido la condición de trabajadores indefinidos no fijos, si algún día se extinguieran sus contratos, ellos les da derecho a una indemnización”.