Este martes se ha dado un paso más para acabar con una discriminación que alcanza a alrededor de 400.000 mujeres trabajadoras, 6.600 de ellas en Navarra. El Gobierno central ha aprobado en el Consejo de Ministros un decreto que regula la protección por desempleo de las empleadas del hogar, un colectivo compuesto en su gran mayoría por mujeres y excluido del paro hasta la fecha, algo que la justicia europea tachó de discriminatorio en una histórica sentencia el pasado febrero.

CCOO de Navarra ha celebrado la aprobación en el Consejo de Ministros de hoy del Decreto. A partir de ahora las 6.600 empleadas del hogar navarras tendrán derecho a cobrar el paro una vez dejen de trabajar y dispondrán de una protección legal completa como el resto de personas trabajadoras. Además, se reconocerá el derecho de estas empleadas a la protección en materia de seguridad en el trabajo.

Así mismo, también se ha aprobado un sistema de bonificaciones a las cotizaciones para limitar el coste para quienes empleen a estas trabajadoras. En definitiva, se les brinda una protección laboral completa igualándolas con el resto de trabajadores. Tal y como ha destacado el sindicato, en Navarra hay dadas de alta a 31 de agosto 6.669 personas como empleadas de hogar. De ellas, 9 de cada 10 son mujeres y el 39,3% es de origen extranjero.

En este sentido, CCOO ha considerado que es importante que a partir de ahora se cree un marco de negociación colectiva que dote al sector de un convenio colectivo, se elabore un catálogo de tareas, se atienda la salud laboral de este grupo de trabajadoras, se les asigne equipos de prevención adecuados y se refuercen los sistemas de inspección para que aflore el enorme trabajo desregulado que existe. Por último, el sindicato ha considerado que la aprobación de este decreto es muy importante porque corrige una discriminación que perpetuaba la desigualdad del colectivo de las empleadas de hogar respecto a otras trabajadoras y trabajadores, una desigualdad que respondía al estigma y la invisibilización de algunos empleos cuando son ejercidos mayoritariamente por mujeres.

Fin al despido sin causa por 'desistimiento'

El decreto acaba con la negativa expresa de la Ley de la Seguridad Social a que las trabajadoras del hogar pudieran cotizar por desempleo. El Gobierno, que ya se había comprometido en su programa de coalición a reconocer el paro a estas trabajadoras, pero que no lo había hecho aún, aceleró la legislación tras el varapalo del TJUE. La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, anunció que el Ejecutivo no solo regularía la protección por desempleo, sino que también ampliaría “más derechos” para equiparar a estas empleadas al resto de trabajadores.

La equiparación se manifiesta en varias medidas, entre las que destaca el fin del despido sin causa por “desistimiento”. Hasta la fecha, los hogares podían prescindir de sus trabajadoras domésticas sin alegar causa alguna y con una indemnización reducida (12 días por año trabajado).

A partir de ahora, se regulan varias causas concretas que pueden justificar este despido específico en el empleo del hogar, que se reconoce como “particular” al regirse por situaciones excepcionales (no existe una empresa empleadora, por ejemplo). Estas causas son:

  • Disminución de los ingresos de la unidad familiar o incremento de sus gastos por circunstancia sobrevenida.
  • Modificación sustancial de las necesidades de la unidad familiar que justifican que se prescinda de la persona trabajadora del hogar.
  • El comportamiento de la persona trabajadora que fundamente de manera razonable y proporcionada la pérdida de confianza de la persona empleadora.

En cualquier caso, los empleadores deberán extinguir el contrato de manera escrita y justificando la causa específica que avala esta modalidad de despido, con derecho a la misma indemnización, de 12 días por año trabajado con límite de seis mensualidades.

Otra ampliación de derechos es la protección del FOGASA (Fondo de Garantía Salarial), por el que también se habrá de cotizar como ocurre con el resto de empleados. Este fondo permite que el Estado responda ante salarios e indemnizaciones impagadas a los trabajadores, y las empleadas domésticas también estaban excluidas del mismo.

También se creará “en el plazo de seis meses” una comisión de estudio para elaborar una propuesta de reforma del decreto que regula el cuadro de enfermedades profesionales “a efectos de integrar en el mismo la perspectiva de género”, recoge el borrador.

El decreto del Gobierno también recoge ayudas públicas a la cotización a la Seguridad Social de los hogares que emplean a estas trabajadoras domésticas. Las personas que tengan contratado o contraten a una trabajadora del hogar “tendrán derecho a una reducción del 20% en la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes” y también a “una bonificación del 80% en las aportaciones empresariales a la cotización por desempleo y al Fondo de Garantía Salarial en ese Sistema Especial”.

Además, desde abril de 2023, para hogares con menos patrimonio y renta (que aún debe regularse en un reglamento su letra pequeña), los empleadores que contraten a una trabajadora doméstica tendrán derecho “durante toda la situación de alta del empleado de hogar” a una bonificación del 45% o del 30% en la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes“. Este caso solo ”serán aplicables respecto de un único empleado de hogar (...) por cada empleador“. Si hay más de uno, se aplicarán para el primero contratado.