El Juzgado de Primera Instancia número 6 de Pamplona ha perdonado a una pamplonesa 185.000 euros de deudas al no poder afrontarlos tras divorciarse. La afectada, a la que han defendido los abogados de la asociación de Ayuda al Endeudamiento, adquirió la responsabilidad de asumir la mitad de todas las deudas contraídas en su etapa matrimonial.

A pesar de disponer de una nómina estable, la cuota mensual se le hizo muy difícil de asumir y decidió tramitar la Ley de la Segunda Oportunidad. Los abogados de la Asociación han sido los encargados de lograr la cancelación total de las obligaciones.

¿Cómo afrontar las deudas que no puedes pagar?

Siendo solvente y con unos ingresos estables esta pamplonesa, junto a su exmarido, podía afrontar la totalidad de la deuda acumulada. Los préstamos solicitados por el matrimonio iban al día sin demasiados problemas.

El problema llegó cuando se divorció y, por ende, cada cónyuge debe responder el 50% de la deuda total. Con sus ingresos y la ayuda de sus familiares pudo tener al día las obligaciones durante 2 años, pero "todo tiene un límite", exponen los letrados que la representaron. Con los primeros impagos, las reclamaciones hacia su persona comenzaron generando un estrés alto en la deudora. Cuando recibió el primer embargo sobre su nómina y la situación era insostenible comenzó a buscar una solución. Entonces solicitó la asesoría de los abogados de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento. Esta entidad sin ánimo de lucro aconsejó la tramitación de la Ley de la Segunda Oportunidad.

“Este procedimiento permitiría a la asociada dos beneficios claves: suspender cualquier embargo durante todo el proceso y el perdón total de las deudas. Confirmando la situación de insolvencia, que en este caso era obvia, podemos asegurar a la deudora la consecución de estos objetivos”, explica Monica Puente, abogado de la Asociación Pasos para suspender embargos y cancelar la totalidad de las deudas.

Con el primer trámite del proceso ya se consiguió uno de los objetivos: suspende la obligación de pago y paraliza cualquier intento de ejecución. Esto se consigue presentando el preconcurso de acreedores en los Juzgados de Pamplona.

Debido a que el procedimiento fue anterior al 26 de septiembre, entrada en vigor de la nueva reforma concursal, la deudora debía presentar un plan de pagos ante notario a todos los acreedores.

“El acuerdo extrajudicial de pagos no ha cumplido la función de disminuir concursos de acreedores. En el 99% de los casos, los acreedores rechazan el acuerdo o simplemente no responden. La eliminación de este trámite supone un beneficio para todo interesado en ahorro de tiempo y coste, al no tener que acudir a notaría y mediación concursal”, detalla Puente.

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Rechazado este intento, quedaba reflejado en dominio público la imposibilidad de llegar a un acuerdo por causa ajena a ella. Por ello acudió al juzgado de Primera Instancia 6 de Pamplona y, una vez comprobados los requisitos necesarios, no había discusión. El juez dictó sentencia concediendo el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) y cancelando los 183.768,92 euros.

Ya son más de 90 las exoneraciones de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento en lo que llevamos de 2022.