El número de condenados que se han visto beneficiados por el nuevo marco de penas que recoge la Ley del 'sólo sí es sí' asciende al menos a 42, entre revisiones de condena a la baja (37) y sentencias posteriores en aplicación de la norma (5). Un total de 10 personas han sido excarceladas.

Las últimas rebajas que han trascendido han sido dictadas por el Tribunal Supremo, que este martes ha condenado a 9 años de cárcel a dos exjugadores del 'caso Arandina'. Los magistrados han elevado sus penas --desde los 4 y 3 años que había fijado el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL)-- tras eliminar la atenuante que se había apreciado por la cercanía de edad y madurez entre condenados y víctima.

El Supremo ha estimado el recurso de Fiscalía, aunque no íntegramente porque el Ministerio Público pedía 10 años de condena y el TS lo ha dejado en un año menos por la aplicación de la Ley del 'solo sí es sí'.   

EL SUPREMO INSISTE EN REVISAR CASO A CASO

En el fallo, que se ha adelantado este martes, los magistrados han incidido en que la Ley Orgánica de Garantía Integral de Libertad Sexual "podrá aplicarse en beneficio del reo cuando se fije ahora pena inferior en aquellos supuestos en los que así proceda".

Han matizado, sin embargo, que deberá hacerse "analizando caso por caso, y no de forma global, tanto en asuntos pendientes de juicio, recursos de apelación y casación y en ejecutorias penales".

Esto contrasta con el criterio marcado la semana pasada por el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, para que no se modificarán penas cuando puedan ser impuestas con el nuevo marco penal, un criterio que evitaría una rebaja "automática" de condenas.

La Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual ha provocado que el delito de agresión sexual absorba al de abuso sexual, lo que significa que un delito que hasta ahora recogía una conducta más grave incorpore una de menor gravedad, por lo que la horquilla penal también se ha ampliado para abarcar todo el abanico de comportamientos penados ahora como agresión sexual.

Entre las revisiones de sentencia y rebajas de pena, las fuentes consultadas por Europa Press han confirmado 20 en Madrid, tres en Cantabria, tres en Galicia, dos en Baleares, dos en Castilla y León, dos en el Tribunal Supremo, uno en Andalucía, uno en Asturias, uno en Castilla-La Mancha, uno en Murcia y uno en Canarias. 10 de estos 35 casos han conllevado la excarcelación de condenados: seis de Madrid, dos de Baleares, uno de Galicia, y uno de Cantabria.

Sobre las nuevas sentencias dictadas tras la reforma, fuentes consultadas por Europa Press explican que el TSJ de Galicia ha aplicado en un caso las nuevas penas, que en la Audiencia Provincial de León se han aplicado en dos y que en la Audiencia Provincial de Barcelona ha aplicado en uno. Este martes ha trascendido un caso en la Audiencia Provincial de Girona.   

MADRID, CANARIAS, MURCIA Y BALEARES

Hasta ahora, la mayor cantidad de revisiones han trascendido en los tribunales de Madrid, donde se han rebajado 20 condenas de abusos y/o agresiones sexuales por la aplicación de la Ley del 'solo sí es sí'. Además, se han dictado 7 excarcelaciones, aunque una no se ha materializado porque el condenado tiene otras condenas pendientes. En las resoluciones a las que ha tenido acceso Europa Press se reducen penas de prisión hasta en 5 años.

Entre los casos de reducción de condena que ha podido confirmar Europa Press consta también que la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha rebajado de 10 a 9 años la condena impuesta al autor de un delito de abuso sexual sin prevalimiento.

El TSJ de Murcia ha ratificado una condena a un acusado por una tentativa de agresión sexual a una mujer de 2020. El tribunal, sin embargo, ha modificado la pena impuesta porque resulta "más favorable" para el reo aplicar la 'Ley del 'solo sí es sí'. Así, ha rebajado la pena de 4 años y 6 meses a 3 años y 1 día de prisión.

Al margen, la Audiencia de Baleares ha ordenado la excarcelación inmediata de dos presos que cumplían una pena de 3 años de prisión por dos agresiones sexuales sin penetración tras revisar los casos.   

ANDALUCÍA, ASTURIAS, CASTILLA Y LEÓN Y CASTILLA-LA MANCHA

Las fuentes jurídicas consultadas por Europa Press han apuntado que en Castilla y León, en la Audiencia de Segovia, ha rebajado una pena por delitos sexuales de 12 años a 9 años de prisión.

Por su parte, la Audiencia de Valladolid ha reducido una condena de 12 a 10 años de prisión de una agresión sexual a una menor de 16 años.

Además, consta que el TSJ de Andalucía ha desestimado un recurso de apelación y aunque ha confirmado la sentencia ha rebajado la pena de prisión. Así, ha pasado de 13 años, 6 meses y 1 día a 11 años y 1 día.

A la lista se suma el caso del TSJ de Castilla-La Mancha, que ha rebajado la condena de un hombre por una agresión sexual en Ciudad Real. Ha pasado de tener que cumplir 9 años prisión a 8. La Fiscalía ya ha avisado que recurrirá esta decisión.

Al margen, el TSJ de Asturias ha rebajado de 10 a 9 años de prisión la pena a un hombre acusado de abusos sexuales a menor de 16 años.   

GALICIA Y CANTABRIA

Ayer lunes se dieron a conocer tres casos más resueltos por el TSJ de Galicia y por la Audiencia Provincial de Cantabria. En el caso gallego, se ha rebajado de 8 a 6 años la condena impuesta a un hombre por agredir sexualmente a una menor de edad a la que había conocido a través de Instagram.

Este caso se suma a otros dos que se dieron a conocer la semana pasada en Galicia. Una de la Audiencia de Ourense, donde han revisado una condena impuesta a un hombre por un intento de agresión sexual con acceso carnal y han rebajado la pena de 3 años y 6 meses de prisión a 2 años y 6 meses y han acordado su puesta en libertad. Y otra del TSJ de Galicia, donde han rebajado en 2 años la pena de prisión impuesta a un hombre que violó en Cambre a una mujer a la que conoció por la red social Tinder.

En el caso cántabro, se ha dado a conocer este lunes que se han rebajado en 7 años las penas de prisión impuestas en 2020 a dos condenados por agredir sexualmente a una joven en un hostal de Santander. Así, han pasado de una condena de 18 años de prisión a 11 años.

Estos dos casos se suman a un tercero del que ya había informado la Audiencia de Cantabria, en el que se rebajó de 5 a 2 años de prisión la pena a un hombre que agredió sexualmente a una mujer.   

MÁS DE 200 REVISIONES PENDIENTES

Las fuentes consultadas por Europa Press han precisado que el número de casos en los que se aplican las rebajas podrían verse incrementados en los próximos días ante las revisiones pendientes.

La semana pasada, las Audiencias Provinciales de la Comunitat Valenciana indicaron que están revisando más de 100 sentencias. Por su parte, las tres Audiencias Provinciales de Euskadi ya han recibido al menos 10 peticiones de revisiones de condenas por delitos sexuales.

En Madrid, cuentan con 447 causas por abusos y/o agresiones sexuales condenatorias firmes, con condenado ingresado en prisión, susceptibles de revisión tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica 10/2022. De estas causas, y de oficio, los magistrados comenzaron ya la semana pasada ya la revisión de 121. A instancia de parte, se tramita la revisión de 55.

Al menos una quincena de las 52 audiencias provinciales se han pronunciado en las últimas semanas. 10 de ellas se han mostrado a favor de aplicar en las revisiones de condenas de agresores sexuales el criterio más favorable al reo tras la entrada en vigor de la conocida como Ley del 'sólo sí es sí'.

Frente a estas decisiones, al menos tres audiencia provinciales han informado de que no rebajará las condenas cuando las penas que fueron impuestas puedan ser también imponibles con arreglo a la nueva Ley.