La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra ha absuelto a tres policías municipales de Pamplona que fueron acusados de lesionar a un detenido durante los Sanfermines de 2019 cuando los agentes actuaban de paisano y realizaban una ronda de vigilancia en un vehículo sin distintivos policiales. El denunciante, que propinó un puñetazo al conductor del coche porque entendía que le habían llamado “puto moro”, ya había sido condenado previamente en otro juicio previo por un delito leve de lesiones, siendo absuelto del delito de atentado. La acusación particular que ejercía el joven reclamaba para los tres agentes una condena de 18 meses de prisión por un delito de lesiones y una indemnización de 4.300 euros.

El tribunal considera que no está acreditado que le pegaran al lesionado en la cabeza, ni que le dieran golpes cuando se encontraba en el suelo. La sentencia hace referencia a unos hechos ocurridos sobre las 5.30 horas del 14 de julio de 2019 cuando el denunciante, junto a un amigo, cruzaba la calle por el medio de la rotonda de la plaza Juan XXIII de Pamplona. Entonces, creyó que desde un vehículo parado en el semáforo en rojo, les habían gritado “puto moro” y se dirigieron alterados hacia el mismo para pedirles explicaciones.

En dicho vehículo, no logotipado, viajan cinco policías municipales de servicio, que no iban uniformados, estaban vestidos de pamplonicas, uno de ellos con una bata de médico, y llevaban la porra escondida entre las ropas. Como el denunciante y su amigo no cejaban en su actitud, colocados junto a las ventanillas y pidiéndoles explicaciones. Entonces los agentes procedieron a bajar del vehículo.

Sin uso antirreglamentario de la defensa

Cuando el polícía local que conducía el coche abrió la puerta, recibió un puñetazo en la cara propinado por el denunciante, por lo que sacó su defensa y para parar dicho ataque procedió a golpearle con ella en la zona del costado. El tribunal entiende que no ha quedado acreditado que el agente utilizara antirreglamentariamente la porra y le golpeara en la cabeza, y tampoco declara probado que otros dos agentes hicieran uso de las defensas extensibles y le golpearan al denunciante cuando ya estaba en el suelo, incluso una vez reducido.

El joven, como refleja el parte hospitalario de urgencias y el informe forense, sufrió una herida en el labio superior, una contusión en la espalda y con cinco erosiones con hematoma y otra herida en región occipital y una hemorragia en el ojo derecho, sin repercusión visual. Tardó en curar diez días, siete de ellos con perjuicio básico y otros tres con perjuicio moderado, quedándole como secuelas una cicatriz en el labio y otra en la región parietooccipital de dos centímetros.

La Sala dice que no queda probada la causación de las lesiones

La Audiencia señala que de la declaración del policía acusado que conducía el coche “si bien reconoce que bajó del coche con su mano en la defensa y que golpeó con ella al detenido para reducirlo, explica que ello sucedió ante su ataque violento contra él, relatando cómo el arrestado abrió la puerta del conductor y, sin darle tiempo a bajar, propinó un puñetazo, por lo que daba su actitud violenta y que no paraba, tuvo que usar la defensa y negó haberse dirigido con ella contra la cabeza del joven. Indicó que le golpeó en el tronco, si bien como el detenido hacía gestos típicos de boxeo, agachándose, es posible que, al hacerlo, el golpe que iba dirigido al cuerpo, terminara finalmente en su cabeza”.

Además, considera la Sala que la incredibilidad subjetiva en el testimonio del denunciante se ve afectada en este caso puesto que ha sido ya condenado por el incidente y se desoyeron sus alegaciones de legítima defensa. A lo ya señalado, debe añadirse que, una vez detenido y pese a contar con el parte médico de Urgencias, no quiso declarar ni formular denuncia por dichos hechos. Junto a ella, el tribunal “no encuentra la razón por la que, en dicho parte médico, dijo que le había golpeado un solo policía y no varios, como ha señalado después, no siendo hasta su escrito de defensa cuando dijo que varios le golpearon, pero argumentando que fueron los policías quienes comenzaron la agresión”. El parte médico objetiva una serie de lesiones “pero nada aporta en cuanto a la forma de producirse ni en cuanto a la autoría de las mismas”. l

LOS DETALLES

La acusación particular pedía 18 meses de prisión. El abogado que ejercía la acusación particular en defensa de los intereses del denunciante pidió en el juicio 18 meses de prisión para cada uno de los agentes por delitos de lesiones. Además, reclamaba una indemnización de 4.300 euros por las lesiones y secuelas. La Sala considera que no ha quedado probado que los agentes utilizaran su porra de forma antirreglamentaria, ni que le golpearan al detenido en la cabeza, ni que le pegaran cuando estaba en el suelo.