La Audiencia Provincial de Murcia ha rebajado de tres a dos años y cinco meses de cárcel la pena que deberá cumplir el director del periódico digital La Tribuna de Cartagena, Josele Sánchez, por publicar datos sobre la identidad de la víctima de La Manada, la joven que fue violada por cinco hombres en 2016 en Pamplona, junto con dos fotografías de los hechos.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, estima en parte el recurso que el condenado presentó contra la dictada por el juzgado de lo Penal de Cartagena y declara que como fue considerado autor de un delito contra la integridad moral en concurso con otro de descubrimiento y revelación de secretos, esta última es la pena que corresponde en Derecho.

El juzgado declaró probado que el director de ese medio publicó en mayo de 2018, bajo seudónimo, una información titulada Yo no te creo, que contenía datos de identificación de la víctima de aquel delito contra la libertad sexual, como nombre y apellidos, domicilio, DNI y centro universitario donde cursaba estudios, junto con las dos fotografías.

Además, vertía determinados comentarios sobre el comportamiento que, según él, había tenido con los cinco jóvenes que serían condenados por aquellos hechos en el momento de la comisión de los mismos.

Y añadía la sentencia original que se hizo aquella publicación pese a que la causa, por decisión de la Audiencia Provincial de Navarra, se había tramitado bajo la declaración de secreto de sumario y que la misma, junto con los comentarios vertidos en las redes sociales, afectó psicológicamente a la perjudicada, que se tuvo que ir de España y abandonar sus estudios.

En su recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Murcia, Josele Sánchez alegó que la sentencia original estaba falta de motivación, que los hechos, en cuanto al delito de descubrimiento y revelación de secreto, eran atípicos y que el juzgado había hecho una incorrecta valoración de las pruebas aportadas al juicio, entre otras consideraciones.

La Sala de la Audiencia ha acordado solo la rebaja de la pena, manteniendo el resto del fallo de la sentencia recurrida, que incluyó el pago de una multa de 3.600 euros, junto con una indemnización para la víctima de 15.000 euros, con la responsabilidad civil subsidiaria de la empresa editora.

Además, se le inhabilitó para el ejercicio del periodismo durante el tiempo de cumplimiento de la condena. La sentencia de la Audiencia Provincial, según se indica en la misma, puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.