Para fundamentar la resolución en la que aprecia indicios de delito ambiental y contra los recursos naturales en la macrogranja de Caparroso y por tanto considera que su consejo rector debería ser juzgado, la jueza de Tafalla se apoya en un atestado de la Policía Foral y además acude a dos informes de especialistas del Gobierno de Navarra que constatan las posibles graves afecciones al medio ambiente que generaron los riegos de la empresa Valle de Odieta.

La instructora adopta su resolución en base a un informe del equipo de Biodiversidad de la empresa pública Gestión Ambiental de Navarra sobre la evaluación de las afecciones por la actividad de riesgo de digestato. Ahí se constataba que se produjo “un incumplimiento de la norma vigente con un impacto relevante sobre la biodiversidad. La gravedad del impacto venía fundamentada por tres aspectos principales: el primero, el impacto a la balsa del soto de la Cueva (0,28 has.) de gran importancia como hábitat para especies gravemente amenazadas como visón europeo y galápago europeo, tritón jaspeado, nutria y rata de agua. Como consecuencia del vertido, las condiciones de la balsa pasaron a ser incompatibles con la vida, al menos para la fauna vertebrada. Por ello, el impacto del vertido es grave”.

En segundo lugar, destacan los peritos, hubo un impacto importante acumulativo de los vertidos de digestatos en los tramos bajos del Aragón y Arga: bosques de ribera, matorrales y pastizales mediterráneos, cortados de importancia para rapaces, barranco del Sotillo y cueva de murciélagos. Por último, hubo otro impacto sumatorio en áreas próximas a la ZEC de los tramos bajos del Aragón y Arca y de la ZEC Bardenas Reales por vertidos en matorrales y pastizales mediterráneos.

Además, a la causa se unió un informe elaborado por el Guarderío de Medio Ambiente de Tudela del Gobierno de Navarra que refleja que “la actividad está suponiendo varias infracciones administrativas a distintas leyes en lo relacionado a las afecciones producidas sobre fauna y flora, especies protegidas, espacios naturales protegidos... Del mismo modo se valora la posibilidad de constituir delito, dice el Guarderío, al producirse vertidos que causan o pueden causar daños sustanciales a la calidad del suelo ode las aguas, o a animales o plantas, por transformar, eliminar o aprovechar residuos, por no controlar adecuadamente tales actividades, de modo que causan daños o pueden causar a la calidad del suelo o de las aguas, o a animales o plantas, por dañar gravemente elementos que han servido para calificar el especio natural como ZEC y por destruir o alterar gravemente el hábitat de especies protegidas de fauna silvestre”.