Navarra y el Estado han suscrito un convenio para constituir una Junta Arbitral que resuelva posibles quejas y reclamaciones de las más de 36.000 personas con discapacidad que residen en la Comunidad Foral. El acuerdo ha sido firmado en Madrid por el vicepresidente primero y consejero de Presidencia e Igualdad, Félix Taberna, y el ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy.
En el encuentro también han participado el director general de Presidencia, Gobierno Abierto y Relaciones con el Parlamento Foral, Joseba Asiain, y la Secretaria de Estado de Derechos Sociales, María Rosa Martínez.
Ese organismo ofrecerá intermediación a las partes implicadas para que, de manera voluntaria, puedan alcanzar un acuerdo que ponga fin al conflicto de una manera más rápida, eficaz y económica que lo que puede ser la vía judicial ordinaria, explica el Ejecutivo Foral que apunta que en caso de que no haya acuerdo, se procederá a un laudo arbitral. Las resoluciones alcanzadas tendrán carácter vinculante y ejecutivo.
Entre las ventajas de este organismo, destacan la rapidez que aporta a la hora de resolver posibles quejas y reclamaciones de personas con discapacidad, con un tope máximo de cuatro meses desde el inicio del proceso arbitral.
Asimismo citan su eficacia, porque resuelve mediante un laudo o resolución arbitral de ejecución obligada, como si se tratara de una sentencia, sin necesidad de tener que recurrir a la vía judicial ordinaria y sin límite máximo o mínimo para la cuantía reclamada.
Un proceso gratuito
A ello suman que es más económico, porque es gratuito para las partes, que sólo deben costear la práctica de pruebas en determinados supuestos.
Mediante el convenio, la Comunidad Foral se compromete a impulsar este sistema arbitral y a mantener la debida coordinación con el Ministerio de Derechos Sociales, mientras que éste se compromete a facilitarle el asesoramiento técnico y jurídico que requiera. Una comisión mixta de seguimiento se reunirá al menos una vez al año para controlar la evolución del convenio.
El Gobierno navarro comenzará ahora a elaborar la norma que regule esa junta. Sólo dos comunidades autónomas más, Andalucía y Aragón, han regulado, como Navarra, en sus leyes propias este sistema, pero ninguna de ellas ha dado el siguiente paso, que ha dado la Comunidad Foral y que es la firma del convenio previo con el Ministerio, por tanto, no tienen constituidas todavía sus juntas.
La Junta Arbitral es competente para valorar las quejas y reclamaciones en ámbitos como las telecomunicaciones y la sociedad de la información, espacios públicos urbanizados, infraestructuras y edificación, transportes o bienes muebles e inmuebles, productos, servicios, actividades o funciones comercializados en régimen de derecho privado.
No podrán ser valoradas por este organismo las controversias sobre las que exista resolución judicial firme y definitiva, las cuestiones en las que según la legislación vigente deba intervenir el Ministerio Fiscal, aquellas en las que concurran indicios razonables de delito, cuestiones que estén determinadas en contratos administrativos, aquéllas en que las partes no tengan poder de disposición o asuntos de arbitraje laboral.
Decisión vinculante
Ante una reclamación concreta, una vez comprobado por la Junta Arbitral que la solicitud de arbitraje es admisible y que ambas partes aceptan que el conflicto se resuelva a través de este procedimiento, son las personas encargadas de arbitrar las que resolverán la reclamación, siempre oyendo a ambas partes e intentando que lleguen a un acuerdo.
Esas personas, según subrayan, gozan de reputación y honorabilidad, cuentan con formación adecuada para resolver los conflictos y actúan con independencia, imparcialidad y confidencialidad.
La decisión adoptada, vinculante para ambas partes, tiene la misma eficacia que una sentencia. Contra el laudo dictado por el colegio arbitral sólo cabe el recurso de anulación ante la Audiencia Provincial en un plazo de dos meses.
Las empresas que voluntariamente se quieran adherir al sistema arbitral tienen derecho a una distinción que supone un símbolo de compromiso con las personas con discapacidad y son incorporadas a un registro.