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Nuevo protocolo policial contra la violencia machista en Pamplona, donde hay 576 casos activos

El protocolo ha sido suscrito por Policía Nacional, Guardia Civil, Policía Foral y Policía Municipal / Pretende mayor rapidez y eficacia en la respuesta y atención a las víctimas

Nuevo protocolo policial contra la violencia machista en Pamplona, donde hay 576 casos activosOskar Montero

Los cuatro cuerpos policiales que actúan en Pamplona colaborarán de forma más estrecha en materia de atención a las víctimas de violencia machista gracias a un nuevo protocolo que busca mayor rapidez y eficacia en la respuesta policial contra un asunto que el año pasado centró más de 2.200 denuncias en Navarra.

Lo han explicado en rueda de prensa los responsables de las policías Municipal de Pamplona, foral y Nacional, así como de la Guardia Civil, junto a la delegada del Gobierno en Navarra, Alicia Echeverría, quienes han destacado que la víctima es el centro de este nuevo protocolo, que refuerza el que ya existía entre los cuerpos firmantes.

Con la directora de la Unidad de Coordinación contra la Violencia sobre la Mujer, Estrella Lamadrid, también presente, han apuntado a que el documento tiene como principios básicos, además de la rapidez y eficacia en la respuesta, el que esta sea de la máxima sensibilidad y calidad, y que se evite incrementar la victimización.

El protocolo ha sido suscrito por el jefe superior de Policía Nacional, Manuel Jesús del Collado, el coronel jefe de la Guardia Civil de Navarra, José Miguel Barbero, el jefe de la Policía Foral, Iván Ortueta, y el jefe de la Policía Municipal, Antonio José Sánchez.

Qué dice el protocolo contra la violencia machista

El protocolo establece que una víctima que acuda a la policía para realizar una primera denuncia será atendida de inmediato para garantizar su seguridad. Y, si en ese momento no pudiera recibir atención especializada, los cuerpos policiales se coordinarán para ofrecerle la recogida de la denuncia por parte de personal especializado.

También se establece que, ante algún hecho al que pueda acudir un cuerpo policial diferente al que tenga asignado el caso (una nueva victimización, un quebrantamiento de una orden de alejamiento), se informará a dicho cuerpo para su seguimiento y coordinación. Del mismo modo, se determina cómo actuar ante un posible cambio de domicilio de la víctima.

Asimismo, el protocolo establece las funciones de los cuerpos implicados en la atención y seguimiento de los casos de violencia de género. Se trata, en primer lugar, de garantizar una comunicación permanente ante cualquier necesidad a aquellas víctimas de violencia de género incluidas dentro del programa de protección y a aquellas otras que se determinen, movilizando los recursos policiales adecuados a cada situación.

También se encargarán de la detección y control de posibles situaciones de riesgo para las víctimas de violencia de género; de captar y gestionar información operativa de otros servicios policiales o privados que tengan relación con una posible situación de riesgo para este colectivo; y de facilitar contactos y, en su caso, actuar como policía de enlace entre la víctima de violencia de género y los restantes servicios especializados de atención a la mujer.

Los cuerpos policiales también mantendrán un control de las zonas o áreas de vida cotidiana familiar y laboral de la víctima de violencia de género y de los menores a su cargo, así como de aquellas zonas previamente frecuentadas por el agresor, cuando las medidas a adoptar según el nivel de riesgo obtenido así lo aconsejen.

Asimismo, ofrecerán asesoramiento a la víctima de violencia de género sobre normas de seguridad subjetiva y objetiva y pautas a seguir para su autoprotección, y facilitarán información a la víctima sobre los derechos que le asisten y los trámites a efectuar en determinados supuestos (situaciones de riesgo, incumplimientos de medidas de alejamiento o prohibición de comunicación, etc.).

Trámites, actuaciones contra el agresor...

También darán acompañamiento a la víctima en la realización de determinados trámites (denuncia, citación judicial, asistencia a juicios, etc.) cuando las medidas a adoptar según el nivel de riesgo obtenido así lo aconsejen y alertarán a las unidades operativas ante una situación de peligro inminente comunicada por la víctima.

Igualmente, llevarán a cabo las oportunas actuaciones con el agresor, recogidas en la Instrucción 1/2025 de la Secretaría de Estado de Seguridad. En el caso de que interese la detención del agresor y éste se encuentre en paradero desconocido, todos los cuerpos policiales competentes en la Comunidad foral en esta materia colaborarán en la localización del mismo.

Los cuerpos se comprometen a revisar periódicamente la evolución del riesgo existente en cada caso y a informar al resto de cuerpos policiales cuando alguno de ellos reciba una medida ordenada por la autoridad judicial relacionada con un caso, de tal forma que cualquier de ellos pueda intervenir en caso de incumplimiento.

Por último, el protocolo prevé la creación de un órgano de seguimiento, control y ejecución para la coordinación operativa entre todos los cuerpos policiales.