El complejo judicial de Las Salesas, en Santander, acogerá este viernes, 16 de mayo, a las 10.00 horas, el acto de conciliación entre el rey emérito y el expresidente de Cantabria Miguel Ángel Revilla. Juan Carlos I reclama 50.000 euros por injurias y calumnias al regionalista, que ha pasado la jornada previa a la cita trabajando y con su abogado.
En concreto, este jueves por la tarde Revilla ha mantenido una reunión de partido -el PRC celebra el domingo un congreso extraordinario- y por la mañana ha ido al aeropuerto Seve Ballesteros a recoger a su representante legal, el catalán José María Fuster-Fabra, procedente de Barcelona, y junto al que acudirá al acto de conciliación previo a la interposición de la demanda anunciada por el emérito, por manifestaciones injuriosas en programas de televisión.
El acto, señalado por el Juzgado de Primera Instancia número 13 de la capital cántabra, se celebrará en la sala de vistas número 10 de la sede judicial de Las Salesas y, hasta ahora, no está confirmado ni descartado que acuda el monarca, que se encuentra desde hace unos días en el Estado, para disfrutar este fin de semana de las regatas de la localidad pontevedresa de Sanxenxo a bordo del Bribón.
Juan Carlos I estará representado en el acto por la abogada designada por él, Guadalupe Sánchez, que también se encarga de las acciones civiles emprendidas por Alberto González Amador, el novio de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.
"HACE MUCHO QUE NO VOY A SANTANDER"
Las jornadas previas al acto de conciliación en Santander el rey emérito, que desde agosto de 2020 vive en Abu Dabi, se ha dejado ver en Galicia con serenidad, sin perder la sonrisa y ajeno a las polémicas que le rodean.
En concreto, ha sido visto saliendo de la casa de su amigo Pedro Campos, ocupando el asiento del copiloto rumbo a una exclusiva marisquería donde mantuvo un almuerzo distendido durante varias horas. A su salida del local, el monarca caminó con visible dificultad ayudado de un bastón.
Interrogado por los medios sobre su posible presencia en el juzgado, respondió con la frase: "Hace mucho que no voy a Santander". Sí confirmó que permanecerá en Sanxenxo hasta el domingo para asistir a las regatas.
Hace unas semanas, y a preguntas de los periodistas, Revilla instó a Juan Carlos I a "dar la cara" en el acto de conciliación previo a la interposición de la demanda anunciada.
ACTO DE CONCILIACIÓN
El acto de conciliación está regulado en la Ley de Jurisdicción Voluntaria y consistirá en una comparecencia de las partes ante la letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 13 de Santander. Al mismo, conciliante y conciliado pueden acudir por sí mismos o por medio de su procurador.
Si no compareciera la parte solicitante se le tendría por desistido y se archivaría el expediente, mientras que si no lo hiciera el conciliado, se pondría fin al acto, teniéndose la conciliación por intentada a todos los efectos legales, aunque esto último no se contempla en este caso, ya que Revilla irá con Fuster-Fabra, experto en terrorismo y afiliado al PRC, y que hará las alegaciones, consideraciones y exposiciones que considere oportunas en defensa de los intereses de su cliente.
En el acto de conciliación, el solicitante expondrá su reclamación, en este caso los 50.000 euros que Juan Carlos I reclama a Revilla (y que serán donados a Cáritas España) por declaraciones "injuriosas" en medios de comunicación entre mayo de 2022 y enero de 2025, y el expresidente de Cantabria y diputado del PRC contestará lo que crea conveniente.
Si se alcanza conformidad entre el rey emérito y el regionalista en todo o en parte del objeto de la conciliación, se hará constar detalladamente en un acta aquello cuanto acuerden y que el acto terminó con avenencia, así como los términos de la misma, debiendo ser firmada por los comparecientes. Y si no se consigue acuerdo alguno, se hará constar que el acto terminó sin avenencia.
Finalizada la comparecencia, la letrada de la Administración de Justicia dictará un decreto donde hará constar el resultado de la misma: la avenencia o, en su caso, que se intentó sin efecto o que se celebró sin avenencia, acordándose el archivo definitivo de las actuaciones.