Archivan la denuncia por el supuesto intento de secuestro de las monjas ancianas de Belorado
Una comisión judicial trató de trasladar a las cinco religiosas mayores a otros monasterios de las Clarisas
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha archivado la denuncia presentada por el abogado de las exmonjas por el supuesto intento de detención ilegal de las cinco religiosas de mayor edad, a las que una comisión judicial trató de trasladar a otros monasterios de las Clarisas.
Los hechos a los que se refiere la denuncia ahora archivada ocurrieron el pasado 1 de agosto cuando la comisión judicial compuesta por Guardia Civil, miembros de la Federación de Clarisas y del Arzobispado de Burgos intentó trasladar a las monjas ancianas de Belorado -únicas no excomulgadas tras su enfrentamiento con el Arzobispado-, a las que sus compañeras habían llevado días antes al monasterio de Orduña.
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No existe una querella legal formulada
La Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL considera que "no procede abrir procedimiento alguno penal, dado que no existe querella legal formulada contra los supuestos autores del delito denunciado -que tampoco están determinados en la denuncia- ni dispone el tribunal de conocimiento sobre los hechos que le autorizarían a una actuación de oficio".
De acuerdo con la sentencia, facilitada este martes por el gabinete de prensa, la denuncia la presentó el abogado de las exmonjas de Belorado, Enrique García de Viedma, en nombre de cuatro de las cinco monjas mayores, ya que sobre la quinta no tiene poderes de representación.
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La denuncia relata una serie de hechos que, para el abogado, serían constitutivos de delitos de falsedad en documento público, impedimento del ejercicio de derechos constitucionales e intento de detención ilegal, si bien "no se identifica en el escrito presentado la persona/s contra la que se dirige la denuncia".
Se refiere al hecho de que la denuncia recoge la supuesta disconformidad de las hermanas mayores a abandonar el monasterio de Orduña, una "disconformidad que debe canalizarse a través de los recursos legalmente previstos en procedimientos de índole civil", indica la sentencia, "sin que ello suponga, por sí solo, la comisión de los hechos delictivos que se relatan".
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