El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha emitido una sentencia pionera que reconoce el derecho del CPEIP Mendialdea I de Berriozar a mantener la jornada continua. La resolución, notificada el pasado 17 de octubre de 2025, "supone un hito en el ámbito educativo navarro", al ser la primera y única hasta la fecha que avala judicialmente este modelo horario frente a las restricciones impuestas por el Departamento de Educación.

La victoria judicial ha sido posible por mediación de la asesoría jurídica de ANPE Navarra, que ha acompañado al centro en todas las fases del proceso, desde la solicitud de medidas cautelares —ya estimadas en su día por el propio TSJN— hasta la sentencia definitiva.  

Un conflicto por la autonomía escolar

El origen del litigio se remonta a la aplicación del artículo 15.3 de la Orden Foral 106/2023, que obliga a los centros que comparten transporte escolar a tener el mismo tipo de jornada. En el caso de Berriozar, el Mendialdea I había aprobado la jornada continua con casi un 90% de respaldo de las familias, mientras que el vecino Mendialdea II no alcanzó el quórum necesario. Pese a ello, el Departamento de Educación impuso a ambos colegios la jornada partida.

El tribunal, sin embargo, ha considerado que esta restricción vulnera principios jurídicos fundamentales, especialmente el de autonomía de los centros educativos. Además, admite que es legítimo impugnar una norma general a través de un caso concreto, aunque no se recurriera en su momento.  

La sentencia también desmonta el argumento de la Administración sobre la necesidad de uniformidad, recordando que ambos centros habían convivido durante años con horarios distintos sin que ello generara conflicto alguno.

Acceso al centro Mendialdea I de Berriozar. Archivo

Desde el curso 2019/2020, Mendialdea I realiza jornada continua. Y tras un proceso de votaciones llevado a cabo en enero de 2024, la mayoría de las familias votó a favor de continuar con esta jornada. Sin embargo, a pesar de que se superaba la mayoría exigida, Educación se negó al cambio de jornada por causa de la organización del servicio de transporte, al prestarse de forma conjunta a alumnos de los dos centros ubicados en Berriozar; incluso después de que durante años ha habido jornadas diferentes, con excepción de la pandemia. Desde El Defensor del Pueblo ya se manifestó su apoyo a la continuidad de la jornada continua en el colegio Mendialdea I. La institución subrayó en junio de aquel año que el servicio de transporte escolar, considerado un complemento de la escolarización, un factor "externo", no debería prevalecer sobre la voluntad mayoritaria de la comunidad educativa del centro.

Un precedente importante

Desde ANPE Navarra, sindicato mayoritario en el profesorado público, se reclama al Departamento de Educación que acate la sentencia y no recurra una resolución “firme, clara y fundamentada”. Asimismo, la organización pide que se reevalúen los casos de otros centros que, pese a contar con amplias mayorías en sus votaciones, vieron denegada la jornada continua.

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La justicia ha reconocido lo que la comunidad educativa lleva años defendiendo: que los centros deben poder decidir sobre su modelo organizativo”, subrayan desde ANPE, que celebrará junto al Mendialdea I este “avance histórico en el derecho a la autonomía pedagógica y participativa”.

El fallo del TSJN abre así una nueva etapa en el debate sobre la jornada escolar en Navarra, con posibles repercusiones en centros que buscan mayor flexibilidad para adaptar su organización a las necesidades de las familias y del alumnado.