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El Supremo abre la vía para miles de reclamaciones por hipotecas IRPH en Navarra

Se deberá demostrar primero la falta de transparencia y, después, la abusividadl Serán los jueces de Primera Instancia quienes deberá analizar caso por caso

El Supremo abre la vía para miles de reclamaciones por hipotecas IRPH en NavarraEduardo Parra / Europa Press

El Tribunal Supremo ha fijado esta semana los criterios para decretar la nulidad del índice hipotecario IRPH tras dictar dos sentencias, que si bien favorecen en los casos concretos a los bancos prestamistas, sientan las bases para que miles de navarros puedan pleitear y reclamar por los perjuicios sufridos.

En realidad, el Supremo deja la responsabilidad a los jueces de Primera Instancia que tendrán que analizar caso por caso y ver si hay desproporción entre las hipotecas con IRPH más diferencial y el tipo medio de intereses del momento de firma del préstamo. Así el alto tribunal acoge los criterios establecidos por el Tribunal de Justicia de Unión Europea y concreta su postura, abriendo la puerta a que los consumidores que tengan una hipoteca con IRPH pueden recuperar el dinero si se cumplen una serie de parámetros fijados para decretar la falta de transparencia y la abusividad.

El IRPH es condición general de la contratación si no hay prueba de negociación individual (criterio consolidado por el propio Supremo). El control de transparencia busca que un consumidor medio comprenda el funcionamiento del método de cálculo del interés y sus consecuencias económicas, señalan desde el Bufete Iribarren Abogados.

Como regla general, la publicación en el BOE de las circulares y los valores del IRPH permite cumplir con la transparencia (el consumidor informado puede conocer su funcionamiento). No es exigible la información comparativa con otros índices, pero sí la accesibilidad de los datos oficiales, con mención o indicación precisa al consumidor de dónde obtenerlos, apuntan desde el mismo despacho pamplonés de abogados.

La referencia a la Circular 5/1994 es suficiente a estos efectos, mientras que la sola mención de la Circular 8/1990 no basta. El incumplimiento de entrega de folletos o documentación precontractual no determina la falta de transparencia si se prueba que se suplió por otros medios.

La utilización del IRPH permite al consumidor comparar el préstamo con otros posibles, siempre que conozca los valores históricos y el diferencial. Si la cláusula no supera el control de transparencia, es posible analizar su abusividad.

El análisis de abusividad debe hacerse caso por caso y su valoración debe hacerse en el momento de la contratación, considerando todas las circunstancias. Lo relevante no es el índice en sí, sino el tipo de interés efectivamente resultante (IRPH+ diferencial) comparado con los tipos existentes en el mercado en ese momento y para una operación y duración similares.

“La potencial desventaja para el consumidor solo se produce si el interés aplicado fuera sensiblemente superior a los tipos habituales del mercado; requiere una desproporción muy evidente”, concluyen desde el Bufete Iribarren Abogados.

Preguntas clave

¿Qué tengo que hacer si tengo una hipoteca con índice IRPH?

Contactar con un bufete especializado con experiencia contrastada y que se encargue de revisar tu hipoteca para ver si es viable tu reclamación. Ahora más que nunca, la elección del bufete de abogados que interponga la reclamación tiene mucha importancia, ya que el Tribunal Supremo ha fijado unos parámetros muy complejos para conceder la nulidad, evaluados caso por caso. Además, deberán contar en dicho bufete con un buen perito economista que certifique la abusividad, destacan desde el Bufete Irribarren Abogados.

¿Qué deben evaluar los jueces?

En primer lugar, si se comercializó con la transparencia debida, esto quiere decir si el cliente conocía perfectamente las condiciones financieras de su préstamo, y en segundo lugar, la abusividad de la cláusula, que quiere decir si se comercializó con buena fe y sobre todo, si generaba un desequilibrio importante tus condiciones financieras frente a los tipos de mercado al momento de la firma.

¿Qué puedo hacer si en mi caso la hipoteca incluía la circular informativa, se cierran todas las puertas a reclamar?

Si hacía referencia a la circular pertinente, difícilmente podrás reclamar. Si bien, hay varias circulares referenciadas en los préstamos y muchas no son la pertinente. Ante la duda, lo mejor es que te revisen tu hipoteca porque casi seguro podrás reclamarlo. Son muy pocas hipotecas las que hacen referencia a la circular pertinente.

Si mi hipoteca no incluía la circular informativa, ¿prosperará mi reclamación?

Sí, con mucha probabilidad, ya que si no se hace referencia a la circular tendrás ganado el primer paso, porque no se cumplirá con el filtro de transparencia debida y deberán analizarse si, además, es abusiva porque generaban tus condiciones financieras un desequilibrio importante con los tipos medios de mercado cuando firmaste la hipoteca.

¿Qué plazos hay para reclamar?

Para la acción de nulidad no hay plazo, ya que es imprescriptible, pero para la acción accesoria de reclamación de cantidad sí. Para esta última acción el plazo es de 5 años. Este plazo es peligroso porque es discutible desde cuando empieza su cómputo. Se recomienda mirarlo cuanto antes para no tener problemas.

¿Cuánto tiempo tardarán las reclamaciones en resolverse?

Son reclamaciones que no será cuestión de meses, fácil podemos estar tramitando la reclamación dos años. Pero si estiman la nulidad, seguro habrá valido la pena, pues hablamos de cantidades muy grandes a reclamar.

¿Qué volumen de hipotecas con índice IRPH hay formalizadas en Navarra?

Estimamos que una de cada tres hipotecas firmadas en el periodo que se comercializó en masa por los bancos las hipotecas con este tipo de interés.