La Asociación de Consumidores de Navarra Irache ha ganado dos nuevas sentencias colectivas en las que 67 afectados han recuperado los gastos de constitución de sus hipotecas. Las indemnizaciones para los clientes pueden rondar los 1.200 euros, si bien varían en función de los importes facturados en cada préstamo, y la suma total de las indemnizaciones más intereses supera los 60.000 euros.
Las dos sentencias ya se han declarado firmes tras no admitir el Tribunal Supremo sendos recursos de casación interpuestos por Caja Rural de Navarra.
56 afectados y más de 50.000 euros en devoluciones
En la primera de ellas, se confirma la sentencia de la Audiencia Provincial, que declara nula la cláusula de gastos de las hipotecas de 54 consumidores y su derecho a recuperar los gastos de notaría, registro, gestoría o tasación que el banco cobró a los clientes al firmar su préstamo hipotecario. La suma de las indemnizaciones más los intereses llega a los 50.499 euros.
13 afectados y más de 10.000 euros en devoluciones
En la segunda, los reintegros más los intereses correspondientes para los 13 afectados suman 10.210 euros en total, por devolución de los gastos hipotecarios que les cargó el banco de forma abusiva.
Tras dos sentencias en primera instancia que dieron la razón a los consumidores, el banco quiso recurrir. Tras confirmarse cada una de ellas en la Audiencia Provincial de Navarra, la entidad financiera quiso llegar hasta el Supremo. El alto tribunal no ha admitido ninguno de los recursos, ha declarado firmes las sentencias anteriores y así ha confirmado la obligación de devolver los gastos más los intereses correspondientes a los clientes.
Más de 4.500 personas han recuperado su dinero
Estas personas se unen a las más de 4.500 personas que han acudido a Irache y han recuperado los pagos por notaría, registro de la propiedad, gestoría o tasación que les incluyeron al firmar la hipoteca.
Cláusula abusiva generalizada
En diciembre de 2015 el Tribunal Supremo declaró como abusiva la cláusula que hace recaer todos los gastos derivados de las escrituras del préstamo hipotecario sobre el consumidor. Hasta entonces, prácticamente todas las entidades bancarias incluían en sus préstamos hipotecarios una cláusula que hacía recaer sobre el consumidor todos los gastos derivados de la hipoteca.
Eso sí, en los préstamos que se firmaron a partir de marzo de 2019, los gastos, excepto la tasación, ya corrían a cargo del banco, al aplicarse una nueva Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario.
Desapercibida durante años
Esta cláusula pasó desapercibida durante años para la inmensa mayoría de los consumidores ya que, cuando firmaron, se enfrentaban a préstamos de más de cien mil euros en la mayor parte de los casos y se centraban más en otras cuestiones como el importe total del préstamo o los intereses pactados para las cuotas de amortización, por ejemplo.
Con la jurisprudencia europea, cualquier consumidor con una hipoteca anterior a marzo de 2019 puede reclamar la devolución de estos gastos hipotecarios.
Por vía amistosa o judicial
Algunas entidades han respondido a las reclamaciones extrajudiciales y han devuelto los gastos al consumidor. Otras, en sentido contrario, han contestado de forma negativa, por lo que Irache ha ido a los tribunales para conseguir que los afectados recuperen su dinero. En la inmensa mayoría se ha conseguido que el consumidor recupere los pagos, si bien algunos bancos han preferido recurrir y alargar el proceso, como en el caso de las dos sentencias citadas.
Las asociaciones de consumidores llevan años reclamando la nulidad de estas cláusulas y la devolución a los titulares de la hipoteca de lo que pagaron por ellas que, según los casos, pueden ser importes superiores a los dos mil euros.
Escrituras de la hipoteca y facturas
Para poder reclamar los gastos hipotecarios es necesario aportar las escrituras del préstamo hipotecario (no confundir con las escrituras de compra venta de la vivienda, que habitualmente se generan el mismo acto). En ella, se podrá localizar la cláusula que hace recaer todos los gastos de constitución de la hipoteca sobre el consumidor. Si no encuentra las escrituras, puede pedir una copia a la notaría donde se realizaron.
Junto a las escrituras del préstamo, es necesario aportar las diferentes facturas que acrediten lo que nos cobró la notaría, el registro de la propiedad, la gestoría o la tasación. En muchas ocasiones, estas facturas están grapadas al final de la escritura del préstamo, pero no siempre es así. En cualquier caso, siempre es mejor contactar con su asociación de consumidores para que le detallen cualquier posible cuestión.
Irache anima a todos los hipotecados antes de 2015 a que reclamen los gastos
La jurisprudencia europea ya ha señalado que para reclamar la nulidad de la cláusula de gastos no hay plazo de prescripción, al tratarse de una cláusula nula de pleno derecho. Por tanto, cualquier persona podría reclamarla si no lo ha hecho antes, independientemente de la antigüedad de su préstamo. A partir de que el banco reconozca la nulidad o haya una sentencia firme en este sentido, el consumidor contará con cinco años para exigir el pago de estos gastos. Por ello, Irache anima a todas aquellas personas que firmaron una hipoteca antes de 2015 a que se asesoren para reclamar que les devuelvan los gastos que les cobraron injustamente.