La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra ha condenado de conformidad a un vecino de Pamplona de 80 años, natural de una localidad soriana, por un delito de agresión sexual después de que hubiera besado a la fuerza a una joven, agente comercial de una empresa de telefonía, que le estaba ofreciendo servicios de internet al visitar su casa.

Al procesado se le impusieron nueve meses de prisión y se le aplicó la atenuante cualificada de dependencia del alcohol. Además, tendrá una medida de dos años de libertad vigilada a cumplir con posterioridad a la pena de cárcel, e igualmente se le impuso una orden de alejamiento y de prohibición de comunicación con la víctima durante cuatro años. Por último, tendrá que indemnizar a la víctima con 3.000 euros por el daño moral causado.

Los hechos ocurrieron durante el mediodía del 10 de octubre de 2022 cuando el acusado se encontraba en el interior de su domicilio y una joven, que se hallaba desempeñando su trabajo como agente comercial de una empresa, llamó al timbre de dicho domicilio para ofrecerle los servicios de dicha mercantil.

En ese momento, el acusado invitó a la joven a acceder al interior de su domicilio para poder examinar el router y alegó que desconocía con qué empresa tenía contrato. Así, consiguió que la joven accediera a una habitación donde únicamente había un ordenador y un teléfono, pero no un router. En ese momento, el procesado comenzó a decirle "qué guapa eres y qué sonrisa más bonita tienes" para, a continuación, ofrecerle dinero a cambio de placer, a lo que ella le respondió que solo quería hacer su trabajo, según la sentencia.

Seguidamente, y de manera sorpresiva, el procesado agarró a la víctima del brazo, le rodeó la cintura, se abalanzó sobre ella y le empezó a besar a la fuerza en varias ocasiones, mientras ella le decía que parara de inmediato. Finalmente, consiguió apartarlo y la joven salió corriendo del domicilio.

A consecuencia de lo ocurrido, la víctima tuvo que acudir a un centro de salud y se encontraba en shock emocional por lo ocurrido. A la hora de cometer los hechos, según la resolución, el acusado presentaba un deterioro cognitivo demencial leve, asociado a un cuadro de dependencia al alcohol, lo que afectaba de forma grave a sus capacidades.