¿Por qué a los condenados por contrabando en Navarra les imponen unas multas astronómicas?
Los cinco condenados tienen que hacer frente a las cantidades económicas más altas de la Justicia en Navarra
Puede pensar el lector que en el escrito siguiente hay algún punto o coma que se haya saltado el redactor y que tales cantidades no se corresponden con la realidad por alguna errata o imprecisión. Más allá de que dichas tachas puedan suceder siempre en este oficio, lo cierto es que la sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra a los cinco condenados por contrabando de tabaco en Aldatz y otras naves repartidas en la Comunidad Foral y Gipuzkoa establece no solo penas de prisión de 2,5 a 5 años de prisión, sino que lleva incorporadas además unas penas de multa que son astronómicas, las más altas en la historia de la Justicia en Navarra y en todos los casos hacen referencia a millones de euros.
Es decir, los tres principales condenados tienen que hacer frente cada uno de ellos a una multa de 235 millones de euros, mientras que a los dos condenados por complicidad les imponen a cada uno 67 millones. Además, entre todos, tienen que pagar 51 millones a la Hacienda estatal y foral y otros 900 mil euros a la compañía Philip Morris. En total, el dinero a abonar en uno y otro concepto sería de 892 millones de euros.
La ley de represión del contrabando
Para explicar estos importes, conviene explicar que el delito de contrabando es de tal complejidad y envergadura que no viene ni siquiera regulado en el Código Penal sino en una ley propia que se denomina Ley de Represión del Contrabando. Es del año 1995. Y allí se regulan diversas conductas que buscan proteger los intereses de la Hacienda y los monopolios estatales, como puede ser el tabaco.
Así, la sentencia de la Audiencia navarra recuerda que los autores del delito pueden ser castigados con penas de prisión de uno a cinco años y multa del tanto al séxtuplo del valor de los bienes, mercancías, géneros o efectos. Por tanto, el tribunal considera que el valor de venta al público de lo aprehendido y lo estimado asciende a 67.189.943,35 euros, que es la multa impuesta a los cómplices, y dicha multa se multiplica por 3,5 veces en el caso de los autores principales del delito, con lo que se llega a los 235 millones. En caso de no poder hacer frente a tales cantidades de multas, se les sumarán días de prisión con máximo de un año de condena.
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