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Condenado a dos años sin carnet por ir en moto a 185 km/h en una carretera navarra limitada a 90

Además, el motorista fue denunciado por dar positivo en anfetaminas y por tener la ITV caducada

Condenado a dos años sin carnet por ir en moto a 185 km/h en una carretera navarra limitada a 90

Un motorista de 42 años ha sido condenado en la Sección Primera de la Audiencia de Navarra por un delito contra la seguridad vial a una multa de 2.400 euros y a la pérdida durante dos años del permiso de conducir después de que hubiera sido interceptado en marzo por un radar de tráfico, instalado entre Oteiza y Larraga, a 185 kilómetros por hora cuando el límite máximo de velocidad en dicha vía es de 90 kilómetros por hora. El radar le detectó a 185 y aplicando el margen de error de dichos aparatos, del 5%, el tribunal considera que circulaba al menos a 175 km/h, lo que supera en más de 80 km/h el límite de velocidad en carreteras secundarias y por tanto constituye un delito. La Audiencia confirma así la sentencia impuesta por el Juzgado de lo Penal 4, donde el acusado reconoció en el juicio que la Policía Foral le paró en el km.13 de la NA-132 en Larraga después de que se le detectara en Oteiza. El acusado alegó en la vista oral que no circulaba "tan deprisa como dicen; que es cierto que pasó por allí; que la moto y la ropa de la fotografía es parecida a la suya; que no le dejó la moto a nadie; que él circulaba como mucho a 100 km/h y que del radar a dónde le pararon habrá unos 3 km".

Además alegaba que ese día circulaba con más motocicletas, pero el juzgado recuerda que ese hecho no ha quedado acreditado, "a pesar de la facilidad con la que podía haber requerido la presencia de otros testigos, caso de ser cierta su manifestación. En este sentido, ni ha dado nombres de otros posibles moteros que le hubieran acompañado, ni ha propuesto prueba alguna para acreditarlo".

La Sala considera por tanto, al igual que hizo el juzgado, que todos los indicios se centran en el acusado y que, aunque el radar no captó la matrícula de la moto infractora, no cabe otra posibilidad de que fuera el acusado. Para acreditarlo recuerda que el agente de la Policía Foral que instaló el radar declaró en el juicio que "no pasó ninguna otra motocicleta, solo esa; que vestía con un mono negro con petacho rojo; que no había ningún grupo de motos pues iba solo y que es imposible un error en la identificación pues no pasó ninguna otra persona".

El agente incidió en que "fue la única moto que pasó en el periodo de tiempo desde que saltó el radar hasta que el acusado fue parado por sus compañeros, extremo de enorme relevancia para la causa".

Además, otro policía foral, el que estaba en el punto de apoyo al radar, 3 kms más allá del aparato, testificó que cuando llegó el motorista "él le dio el alto; que cuando le informó que circulaba a 185 km/h se puso nervioso y empezó a golpear el manillar; que dio positivo en drogas y anfetaminas; que esa carretera tiene muy poco tráfico y sólo pasó esa moto".

"La identificación del acusado como conductor de la motocicleta no ofrece dudas por cuanto fue la única que circulaba, cubrió los 3 kilómetros que separaban ambos puntos policiales en la mitad de tiempo que el resto de los vehículos (lógico pues iba a más del doble de la velocidad máxima permitida) y tanto la motocicleta del acusado, como el casco, como la ropa son idénticas a la de la persona fotografiada a 185 km/h....", zanja la sentencia. 

Además, el motorista fue denunciado por dar positivo en anfetaminas -lo que conlleva una multa de 1.000 euros y 6 puntos del carnet- y por tener la ITV caducada -200 euros-