Las psicólogas que exploraron a la víctima cuando esta ya era mayor de edad recuerdan que a los 13 años, cuando empezó a tener relaciones sexuales sin violencia ni intimidación con el acusado (que tenía 33 años entonces), este constituía para ella "una figura relevante, importante, a quien ella admiraba, no se planteaba decirle que no, buscaba complacerle porque existía una relación de poder en que él era el profesor amable y seductor y ella la alumna. Él ejercía una relación evidente de poder derivada de la edad, de la madurez y de la experiencia vital".
La síntesis que antecede se extrae de un relato mucho más extenso, que recuerda que la menor, que comenzó a sufrir los abusos en 2015, no los denunció hasta abril de 2023 porque le contactó la Policía Nacional. "Ella había normalizado aquellos encuentros sexuales, no sentía que fueran algo malo y cuando llamó la Policía comenzó a tomar conciencia del daño que le había hecho. Hizo una disociación, no quiso pensar en ello e intentaba centrarse en otras cosas".
Conviene recordar, como hace la Audiencia, que si bien la reforma de julio de 2015 que situaba la edad de consentimiento sexual en España a partir de los 16 años (por debajo de dicha edad sería delito) "resulta de plena aplicación en este caso, pues si bien las relaciones se iniciaron cuando la edad legal mínima para consentir actos sexuales se situaba en los 13 años de edad, aquellas relaciones continuaron durante todo el año 2015 y hasta abril de 2016 y luego siguieron de forma intermitente". La Sala añade que los encuentros sexuales eran propuestos por el acusado pese a que "conocía la edad de la menor, la diferencia de edad existente entre ambos, casi 20 años, e hizo por mantenerlos en el tiempo".
Merced principalmente a la versión sin fisuras de la víctima, y al respaldo que ofrecen sus psicólogas, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra ha condenado a este profesor de hípica, que tiene ahora 42 años, que ejercía en un centro de equitación, a diez años de prisión por un delito continuado de abuso sexual con prevalimiento por las relaciones que mantuvo con dicha alumna, desde que tenía 13 años y que se prolongó hasta mediados de 2016. Al acusado le imponen una medida de libertad vigilada durante ocho años, no podrá ejercer ningún trabajo ni actividad que suponga tener contacto con menores por cinco años y se le prohíbe acercarse o comunicarse con la víctima durante 15 años. En concepto de responsabilidad civil tiene que indemnizar a la víctima con 25.000 euros.
La Audiencia resuelve que cuando ocurrieron los hechos la menor "carecía de capacidad, madurez suficiente y de habilidades para afrontar dichas situaciones; se dejaba llevar por esa persona mayor, incluso de forma puntual años más tarde, y se aprecia la existencia de la manipulación afectiva a la que estaba sometida, en el sentido de que él le hacía sentirse especial. Se aprecia la falta de comprensión de lo que le pasaba. Refleja no haber sido consciente del daño sufrido en este ámbito hasta que le señalaron como posible víctima de agresión sexual. A partir de aquí, ha ido tomando conciencia del engaño y del abuso perpetrado por parte de este adulto hacia ella, dada su diferente edad y todo lo que ello conlleva de estado de madurez, experiencia vital, conocimientos, etc. Muestra el daño recibido y las secuelas derivadas de ello".
El acusado negó en el juicio las relaciones con la alumna cuando era menor de edad y declaró que le ha pasado muchas veces que hubiera rumores de tener relaciones con las alumnas. Su versión no tiene credibilidad para el tribunal.