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Dos investigados en la Comarca de Pamplona por maltrato animal

La Policía Foral intervino tras el ataque de varios perros a otros canes en la misma perrera

Dos investigados en la Comarca de Pamplona por maltrato animalREDACCIÓN DDN

Agentes de la Policía Foral, adscritos al Grupo Investigación Medioambiental (GRIM), han abierto diligencias penales recientemente a un varón y a una mujer, como presuntos autores de un delito de maltrato animal en una localidad de la cuenca de Pamplona.

Durante el mes de noviembre del pasado año, una patrulla perteneciente a la Brigada de Protección Medioambiental acudió a una supuesta residencia canina tras ser informados de un ataque de dos perros a otros canes.

Los hechos se produjeron en el interior de dos caniles contiguos de la mencionada instalación, donde los animales agresores consiguieron acceder a la perrera colindante tras haber realizado un agujero en la valla de separación, atacaron a los cinco canes vecinos de menor tamaño y causaron la muerte de tres de ellos. Instantes después, los dos animales atacantes comenzaron a devorar a uno de los perros fallecidos.

Como consecuencia de estos hechos, agentes del Grupo de Investigación Medioambiental, acompañados de personal veterinario del Servicio de Ganadería del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, procedieron a realizar una inspección de las instalaciones y acreditaron, además del incumplimiento de las condiciones que debe reunir toda guardería canina, la condición corporal de extrema delgadez y la falta de atenciones debidas en el que se hallaban los animales agresores.

Legislación

El Decreto Foral 94/2022, de 26 de octubre, en su artículo 28, refiere que las personas titulares de los centros de animales de compañía deben cumplir con las obligaciones y prohibiciones que competen a cualquier persona poseedora o propietaria de un animal de compañía, según lo establecido en los artículos 6 y 7 de la Ley Foral 19/2019, de 4 de abril, de Protección de Animales de Compañía en Navarra, teniendo, entre otras, la obligación de proporcionarles atención, supervisión, control, cuidados suficientes, alimentación y bebida sana, conveniente para su normal desarrollo.

Por otra parte, el Código Penal, en su Artículo 340 bis, castiga a quien, "… cause a un animal doméstico, amansado, domesticado o que viva temporal o permanentemente bajo el control humano lesión que requiera tratamiento veterinario para el restablecimiento de su salud"; añadiendo en su punto 4 que, "Si las lesiones producidas no requiriesen tratamiento veterinario o se hubiere maltratado gravemente al animal sin causarle lesiones, se impondrá una pena de multa de uno a dos meses o trabajos en beneficio de la comunidad de uno a treinta días. Asimismo, se impondrá la pena de inhabilitación especial de tres meses a un año para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales".

Por estos motivos, se procedió a citar en calidad de investigados como presuntos autores de un delito de maltrato animal, tanto a la propietaria de los animales agresores como al responsable de la residencia canina, remitiéndose las diligencias penales a la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Guardia de Pamplona y a la Fiscalía de Medio Ambiente de Navarra.