Dos vecinos de Pamplona han sido detenidos por un presunto delito contra la flora y la fauna por efectivos del SEPRONA de Soria tras ser interceptados con una garra de búho real.

La actuación se inició el pasado 16 de diciembre de 2025, cuando una patrulla de Seguridad Ciudadana del Puesto de la Guardia Civil de Almarza procedió a la identificación de un vehículo todoterreno que abandonaba una pista forestal.

En el transcurso del registro del vehículo, los agentes localizaron una garra de ave rapaz que, por sus características, podría corresponder a una especie protegida. Ante la imposibilidad de su portador de acreditar la legal procedencia del objeto, se procedió a su intervención.

Análisis

La garra fue remitida al Centro de Recuperación de Animales Silvestres de Burgos para su análisis, determinándose que pertenecía a la extremidad posterior derecha de un ejemplar de búho real (Bubo bubo).

El búho real figura como especie reproductora en el Libro Rojo de las Aves de España, una publicación científica de referencia que evalúa el estado de conservación de las aves en el territorio nacional, donde está catalogado en la categoría de “Preocupación menor”. Asimismo, esta especie está incluida en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial.

Como resultado de las investigaciones llevadas a cabo por el SEPRONA de la Comandancia de la Guardia Civil de Soria, el pasado 12 de marzo de 2026 se procedió a la detención de las dos personas que viajaban en el vehículo interceptado, al no poder justificar la procedencia legal de la garra intervenida.

Las diligencias instruidas, junto con los detenidos, han sido puestas a disposición de la Autoridad Judicial competente y a Fiscalía de Medio Ambiente de Soria.

El delito

Los hechos investigados podrían ser constitutivos de un delito contra la flora y la fauna, tipificado en el Código Penal, contemplando penas de prisión de seis meses a dos años o multa de ocho a veinticuatro meses, así como, en su caso, inhabilitación especial para profesión u oficio relacionado, y para el ejercicio del derecho a cazar o pescar por tiempo de dos a cuatro años, así como la adopción de medidas administrativas adicionales, tales como la retirada o suspensión de licencias de armas, la intervención de las mismas, así como la imposibilidad de obtener nuevas autorizaciones durante el periodo que se determine.