pamplona - Como ya lo había avanzado el martes, UPN formalizó ayer ante la Junta de Portavoces del Parlamento el recurso contra la decisión de la Mesa de solicitar un informe jurídico que resuelva la situación creada después de que el portavoz de Orain Bai, Carlos Couso, comunicara la exclusión del grupo parlamentario de Podemos de los tres miembros que pertenecen a este partido. Pese a tratarse de un tema de complicada interpretación, los regionalistas consideran que se debe tramitar la expulsión de los tres parlamentarios afectados sin consulta previa a los servicios jurídicos de la Cámara.

La urgencia de Esparza porque se materialicen estas expulsiones obedece a que el cambio perdería la mayoría en la Junta de Portavoces y en casi todas las comisiones del Parlamento. Además, Ainhoa Aznárez (Podemos) dejaría de ser la presidenta de la Cámara, por lo que habría que convocar un pleno que eligiera su relevo para los tres escasos meses que restan de legislatura.

En la presentación de dicho recurso, Esparza menciona el artículo 37.1.6ª del Reglamento del Parlamento, que dice que corresponde a la Mesa calificar escritos como el que presentó Couso y declarar su admisibilidad o inadmisibilidad, “previa audiencia de la Junta de Portavoces”. En este órgano, las fuerzas del cambio han tenido y en teoría tienen la mayoría, pero en este asunto concreto la pierden porque Couso, que todavía hoy sigue representando a los siete parlamentarios de Podemos, se posiciona con UPN, PSN y PPN, que lógicamente quieren desgastar al cuatripartito al máximo.

no es recurrible El problema que tiene Esparza es que el informe solicitado por la Mesa -donde el cambio conserva su mayoría con tres representantes por dos de UPN- para que se ponga luz a este entuerto no es recurrible ante la Junta de Portavoces.

Hay que tener en cuenta que la Mesa del Parlamento pide dicho informe jurídico de acuerdo al artículo 31.1.1ª, que dice textualmente que corresponde a este órgano “adoptar cuantas decisiones y medidas requieran la organización del trabajo y el régimen y gobierno interiores de la Cámara”. Y dado que en el acuerdo de la Mesa no se adopta resolución alguna, que queda pendiente de que se pronuncien los servicios jurídicos, no es algo que pueda ser recurrible a la Junta de Portavoces.