pamplona - La Comisión de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia del Parlamento de Navarra aprobó ayer el dictamen en relación con el proyecto de modificación de la ley foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente. Impulsado por el Gobierno, el proyecto pretende desarrollar el marco jurídico tendente a regular la aprobación de decretos-leyes forales y la atribución de competencias reglamentarias al Gobierno y los consejeros, además de actualizar la norma para garantizar el uso de lenguaje no sexista.

En lo referido a los decretos-leyes forales, atribución gubernamental para, en caso de extraordinaria y urgente necesidad, dictar disposiciones legislativas provisionales, se procede al desarrollo de esta prerrogativa.

Los decretos-leyes forales, aprobados por el Ejecutivo a propuesta de los consejeros competentes, exigen convalidación expresa del Parlamento en los treinta días siguientes a su promulgación. De lo contrario, quedan derogados. Durante ese plazo, la Cámara puede acordar la tramitación de los decretos-leyes forales como proyectos de ley foral por el procedimiento de urgencia. Por otra parte y en sintonía con el legislador estatal, que entiende que la elaboración de las disposiciones normativas debe regularse y contenerse en la norma que preceptúa el procedimiento administrativo, tal y como se contempla en la ley 39/2015, de 1 de octubre, se reorganizan en tal sentido los trámites de la iniciativa legislativa y la potestad normativa del Gobierno.

lenguaje inclusivo En lo tocante al lenguaje inclusivo, se actualizan las palabras y expresiones de todo el texto para acomodarlas a un estilo no sexista, que en este caso afecta fundamentalmente a la denominación de los cargos. Así, se hablará de vicepresidenta o vicepresidente, consejera o consejero, directora general o director general, secretaria o secretario, etc. - D.N.