Tras la reforma parcial de nuestro Fuero Nuevo realizada en 1987, resultaba, en estos momentos, una imperiosa necesidad la adaptación de la norma a la nueva realidad social que existe ya en Navarra. El texto legal que regula las relaciones privadas de la ciudadanía, además de inoperativo en muchos aspectos, en alguna cuestión se encontraba absolutamente fuera de la Constitución.

El impulso que desde abril de 2016 dio, primero, la ponencia parlamentaria, y luego, el Consejo Asesor de Derecho Civil Foral de Navarra desde julio de 2016, para revisar, adaptar y actualizar el Fuero Nuevo a este siglo XXI, implicaba proponer soluciones valientes y razonables, a la altura del reto jurídico que la sociedad navarra le estaba planteando. Podía haberse quedado en una actitud contemplativa y, sin embargo, se puso manos a la obra en la reforma legislativa con verdadera audacia. Y recordar que nos encontramos ante la Ley Foral más importante aprobada en varias legislaturas. Sin duda.

Desde este breve comentario quiero reflejar mi expreso reconocimiento y admiración por este trabajo bien realizado. Repito, para nada resultaba sencillo. He tenido la oportunidad y privilegio de participar en sesiones de trabajo que afectan a mi quehacer profesional y he podido comprobar y contrastar el rigor y la profesionalidad con que los miembros de ese grupo de trabajo legislativo se han desenvuelto.

La Constitución Española supuso un antes y un después en la percepción de los cambios de la sociedad española. Los cambios, así mismo, en la sociedad navarra son continuos y resulta una necesidad adecuar la Ley Foral a las nuevas realidades sociales. Si, mínimamente, nos paramos a pensar y echamos la mirada hacia atrás vemos que nuestro Derecho Privado, y, más en concreto, el Derecho de Familia y los diferentes aspectos que afectan al estado civil, han evolucionado de una forma increíble estas cuatro últimas décadas. La forma y modo de entender la familia y las relaciones jurídico-familiares poco, por no decir casi nada, tienen que ver a como las contemplaba el Fuero Nuevo en 1987.

No es este el espacio idóneo para realizar una valoración jurídica crítica del contenido de la actualización del Fuero Nuevo de Navarra. Sí que es el momento de darle la bienvenida a la misma por ser esta Ley tan necesaria como, algo más que importante, imprescindible. El regular adecuadamente las relaciones privadas de los ciudadanos es un acto jurídico que redunda ni más ni menos que en la seguridad jurídica. Pilar básico del Estado de Derecho. Se beneficia toda la sociedad navarra.El autor es letrado de la Administración de Justicia. Juzgado de Primera Instancia de Pamplona