pamplona - El Consejo de Ministros aprobó ayer la interposición de un recurso de inconstitucionalidad contra varios artículos de la Ley de las Policías de Navarra (Ley Foral 23/2018), que fue aprobada en noviembre del año pasado por el Parlamento de Navarra, al entender que puede vulnerar varias leyes. Entre otros aspectos, el Estado cuestiona los artículos relativos a la regulación de las Policías Locales y a la figura de los auxiliares de policía, que a su juicio sería inconstitucional.

Según informó ayer el Consejo de Ministros, tras no haber acuerdo con el Gobierno de Navarra en la negociación previa, el Ejecutivo considera que se debe recurrir, ya que puede vulnerar la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (LOFCS), la reguladora de las Bases del Régimen Local (LrBRL) y la Constitución. La Ley de Policías de Navarra ya fue recurrida por el Gobierno de Mariano Rajoy, y el Tribunal Constitucional anuló varios aspectos de la norma como la competencia en la coordinación de las policías y en otros aspectos relacionados con la información y la investigación policial. La Ley de Policías de Navarra fue aprobada el pasado 19 de noviembre con los votos a favor de Geroa Bai, EH Bildu, Podemos y UPN; las abstenciones del PSN, PPN e Izquierda-Ezkerra; y los votos en contra de los críticos de Orain Bai.

CONTRATACIÓN DE AUXILIARES Ahora el Consejo de Ministros solicita al Tribunal Supremo la suspensión de lo que hace referencia a los “auxiliares de Policía Local”, al entender que puede afectar a derechos fundamentales de los ciudadanos en materia de seguridad pública. Añade que se permite a las entidades locales contratar de manera temporal a interinos con la denominación de “auxiliar de Policía Local” y con la condición de agentes de la autoridad, lo que supone un precepto inconstitucional.

De otro de sus artículos, el Gobierno central en funciones considera que puede colisionar con la competencia estatal en materia de seguridad pública, recogida en la Constitución, ya que no habla solo de las Policías de Navarra sino que la referencia es más amplia y alude a “las distintas Policías existentes”, lo que incluiría a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, que también operan allí.

Sobre la posibilidad de la delegación de competencias de la Policía Local a una entidad supramunicipal, cree que vulnera la LOFCS y que ya ha sido rechazada por el Tribunal Constitucional, según la referencia. Permite además extender la actividad de los cuerpos de Policía Local al territorio de la entidad local supramunicipal creada por ley foral, “desbordando así los límites territoriales de actuación contemplados en el precepto orgánico”, aclara.

POLICÍAS LOCALES de paisano Además, para el Gobierno central también sería inconstitucional incorporar la posibilidad de que los policías locales pueda ejercer sus funciones sin vestir el uniforme, como está contemplado en la Ley, lo que a su juicio contravendría la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (LOFCS), ya que no cabe que el órgano competente de cada entidad local determine los supuestos de dispensa de uniformidad. Se trata de una función que la propia LOFCS ha reservado a una concreta autoridad, con exclusión de las demás, según precisa la información difundida ayer por el Consejo de Ministros. - D.N.