Barcelona - El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha vuelto a perder su unanimidad al rechazar, con votos discrepantes, dos recursos presentados por el exdiputado y expresidente de Asamblea Nacional Catalana (ANC) Jordi Sànchez, condenado por sedición en la causa del procés independentista de Cataluña. En todo caso confirma la constitucionalidad de diferentes decisiones del Tribunal Supremo, relativas a su mantenimiento en prisión y a la denegación de los permisos que solicitó para asistir al Parlamento de Cataluña en abril de 2018.

La tónica de esta falta de unanimidad respecto a asuntos del procés es reciente, se inauguró el pasado 28 de noviembre cuando el acuerdo de los 12 magistrados en torno a estos asuntos se rompió respecto a un recurso del exlíder de ERC también en prisión Oriol Junqueras contra el mantenimiento de su prisión provisional durante la instrucción y el juicio por esta causa.

Lo único diferente es que en dicha ocasión presentaron voto particular tres magistrados pertenecientes al sector más progresista del tribunal de garantías, los magistrados María Luisa Balaguer, Juan Antonio Xiol Ríos y Fernando Valdés, y respecto a Sánchez únicamente han anunciado voto discrepante estos dos últimos, según el tribunal de garantías, que ayer dio a conocer la parte dispositiva de sus sentencias. Las resoluciones completas serán notificiadas en los próximos días.

En la primera sentencia de la que se informó ayer se ha desestimado el recurso de amparo presentado por la defensa de Sànchez contra dos resoluciones concretas, una del instructor de la causa, Pablo Llarena del 9 de marzo de 2018 y otra contra un auto de la Sala de Recursos del alto tribunal, de 17 de abril de ese mismo año, que denegaron los permisos solicitados para asistir personalmente al Parlamento de Cataluña para defender y debatir su investidura como president.

La sentencia, cuyo ponente ha sido el magistrado Cándido Conde-Pumpido Tourón, considera que "los órganos judiciales han ponderado de manera constitucionalmente adecuada la concurrencia de datos objetivos y constatables que permite fundamentar la existencia de un riesgo relevante de reiteración delictiva".

En la segunda de las resoluciones, cuya ponencia ha correspondido al magistrado Alfredo Montoya, se confirma la constitucionalidad del mantenimiento de la prisión provisional comunicada y sin fianza de Sánchez. Los recursos se dirigían también autos tanto de Llarena como de la Sala, de fechas de 6 de febrero de 2018 y de 20 de marzo, por los que se confirmó su situación de prisión provisional.

Unanimidad con Forcadell El TC desestimó ayer por unanimidad el recurso de amparo interpuesto por la expresidenta del Parlament condenada en la causa del procés, Carme Forcadell, contra la decisión del instsructor del caso, Pablo Llarena, de ordenar su ingreso en prisión preventiva tras ser procesada en marzo de 2018.

Al contrario de lo ocurrido en los casos de Junqueras y Sànchez, respecto de Forcadell el órgano de garantías no se ha fracturado y sus doce magistrados han suscrito el fallo de forma unánime.

Así, han avalado el auto de 23 de marzo de 2018 del magistrado instructor de la causa, Pablo Llarena, que decretó su prisión provisional, comunicada y sin fianza. - D.N.