La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo confirmó ayer la sentencia de la Audiencia Nacional que declaraba la responsabilidad patrimonial del Estado por los perjuicios ocasionados a la viuda y a los dos hijos del cámara de Telecinco José Couso, asesinado hace 16 años en Bagdad por munición estadounidense.

En la sentencia, el Alto Tribunal desestima el recurso de casación interpuesto por la Abogacía del Estado contra la sentencia recurrida, y que reconoció el derecho a una indemnización de 182.290 euros a la familia de Couso. Del total, 99.430 euros serán para la viuda y 41.430 para cada uno de los dos hijos.

Así, la ponencia del magistrado Wenceslao Olea Godoy declara que “los ciudadanos españoles tienen derecho a la protección diplomática por parte de la Administración nacional, para el resarcimiento de los perjuicios ocasionados por un hecho ilícito, conforme al Derecho Internacional, ocasionado directamente por otro Estado”, en este caso Estados Unidos.

Eso sí, “siempre y cuando el propio perjudicado no haya podido obtener la reparación por los mecanismos de Derecho interno del Estado productor del daño, siempre que estén establecidos y sea razonable obtener un pronunciamiento expreso en tiempo razonable”. En este caso concreto, la Sala concluye que el Estado español omitió la protección que le fue requerida y que estaba obligado a otorgar a la familia de Couso.

La sentencia señala, en esta línea, que el Estado “estaba obligado a hacer gestiones en pro de una investigación internacional objetiva de los hechos y, en su caso, utilizar los medios que estimara procedente que pudiera dar como resultado la reparación del daño ocasionado”.

Por eso, la Sala critica que el Estado optase por “dar la callada por respuesta” o que se limitase “a dar por buenos los argumentos dados en contra de la ilicitud del hecho por el Estado que lo ocasionó”. “En cuanto si bien es cierto que el Estado español no puede imponer dicha declaración en el ámbito internacional, tampoco está obligado a dar por buenas esas explicaciones, como ya antes se dijo”, apunta.

Para el Supremo, “lo que no es admisible es omitir cualquier acción que no sea la de dar por buenas las escuetas explicaciones dadas por las autoridades del Estado que ocasionó el daño, sino la búsqueda de una valoración objetiva de los hechos, con las consecuencias que resultaran procedentes”.

Por su parte, Javier Couso, hermano del reportero y exeurodiputado de Izquierda Unida, se mostró satisfecho con el fallo del Tribunal Supremo.

“Para pesar del gobierno PSOE-Unidas Podemos (el más progresista de la historia del mundo mundial) que recurrió la anterior sentencia”, indicó Javier Couso en un comentario publicado en su cuenta de Twitter y acompañado por el ‘tuit’ del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que anunciaba la decisión del alto tribunal.

Así, Javier Couso recurrió a la ironía y recordó que en marzo de 2020 el Gobierno de coalición formado por PSOE y Unidas Podemos decidió recurrir el fallo de la Audiencia Nacional (AN), que obligaba al Estado a indemnizar a la familia del asesinado y que ahora se confirma.