pamplona - La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra acaba de anular una sentencia absolutoria dictada por el Juzgado de lo Penal 1 de Pamplona y ha ordenado que se repita el juicio que se celebró porque no consta que se grabara durante la vista oral lo declarado por tres testigos que son considerados relevantes por la acusación particular. Ahora deberá celebrarse otro juicio con un magistrado distinto. El juicio se celebró a finales de 2017 y en el mismo se acusaba a una mujer de maltrato y un delito de tráfico, por tratar de atropellar a su exmarido cuando se cruzó con él y su actual pareja y discutieron por el régimen de visitas de los hijos en común. La juez no halló pruebas para la condena.

Los hechos ocurrieron el 14 de diciembre de 2016, a las 17.00 horas, en un aparcamiento de la Vuelta del Castillo. Allí se cruzó la procesada con su exmarido y la actual pareja de este y, tras una fuerte discusión, la misma terminó a la llegada de una patrulla de la Policía Municipal, avisada por la acusada. Esa misma tarde, el hombre acudió al centro de salud de Ermitagaña poco después de esa discusión, donde se le apreció una erosión en el antebrazo que se calificó como lesión leve. El exmarido imputaba dicha lesión a una maniobra de la acusada con su vehículo al dirigirlo contra él, pero la juez desestimó esa acusación.

El hombre, representado por el abogado Miguel Martínez-Falero, apeló la sentencia al entender que la grabación del acto del juicio era incompleta y no permitía escuchar lo declarado por tres testigos, uno de ellos presencial de los hechos y dos policías municipales que intervinieron. Consideraba que tales declaraciones eran fundamentales para su tesis y que, al no contar con ellas, le dejaba “en indefensión”. La Sala estima el recurso ya que las “declaraciones de tres de los testigos no han quedado grabadas, de manera que no resulta ser posible su reproducción, no pudiendo las partes volver a escuchar y analizar de nuevo esas declaraciones, no pudiendo, tampoco, valorarlas y apreciarlas esta sala”.

El tribunal entiende que sin dichas testificales no se dispone de la documentación imprescindible para resolver el recurso. Debe tenerse en cuenta, recuerda, que “la motivación y valoración que la juzgadora de instancia efectuó con base en esas declaraciones a las que no tenemos acceso debido a la indicada deficiencia, impide que podamos examinar la suficiencia y la racionalidad de la motivación y la adecuación de esa valoración de la juez”.