PAMPLONA - La comisión de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia del Parlamento de Navarra aprobó ayer el dictamen en relación con la Ley de Policías de Navarra tras debatir las 115 enmiendas presentadas a la proposición: 88 ordinarias (28 de UPN, 19 de PSN, 5 de Geroa Bai y EH Bildu, 16 de Izquierda-Ezkerra y 20 de Podemos-Orain Bai) y 27 in voce. El documento, que finalmente incluye también a los agentes municipales, será elevado a pleno para su definitivo debate y votación el próximo 15 de noviembre.

El texto original, impulsado por Geroa Bai y EH Bildu, pretendía incorporar al proyecto de Ley devuelto al Gobierno el 19 de octubre de 2017 los acuerdos de la negociación mantenida con los sindicatos APF, SPF y SPMP, con el fin de desarrollar un modelo policial “moderno y de referencia”. A ese respecto, se defiende una regulación “lo suficientemente flexible como para acreditar la plena operatividad” de las Policías de Navarra (Policía Foral, Policías Locales y Servicios de Policía Local), haciendo viable una “progresiva asunción de competencias, muchas de ellas de carácter exclusivo, sin que ello suponga merma alguna en la prestación del servicio”.

En lo que respecta al personal integrante de los Servicios de Policía Local, los llamados agentes municipales, que fueron ayer incluidos en la proposición mediante una enmienda aprobada por unanimidad, se precisa que, como miembros de pleno derecho, se regirá por lo establecido en el Estatuto del personal de las Policías de Navarra, con la consiguiente atribución de derechos y obligaciones. En todo caso, armados o no, los miembros de los Servicios de Policía Local tendrán la condición de agente de la autoridad y, al margen de sus funciones específicas, deberán desempeñar aquellas otras de naturaleza no policial que les encomiende la respectiva Entidad Local, previa determinación en la convocatoria del puesto de trabajo.

A nivel interno y dada la “peculiaridad” de la función policial, se establece un estatuto propio y diferenciado que posibilite una organización “acorde a la realidad social” de la Comunidad Foral, de modo que se garantice la prestación del servicio “en las dos lenguas oficiales” y se asegure una presencia cada vez más numerosa de la mujer, “también en puestos de mando y responsabilidad”.

En cuanto a la flexibilidad en el calendario de Policía Foral, una enmienda in voce planteada por UPN y PSN acota la posibilidad de modificar excepcionalmente los calendarios de trabajo y cuadrantes de servicios únicamente por necesidades de emergencias y formación, dejando el resto de supuestos supeditados a los acuerdos que se alcancen en la mesa sectorial de la Policía Foral.

En lo que respecta al régimen retributivo, se establecen algunos márgenes, si bien la determinación de las cuantías queda a expensas del desarrollo reglamentario que, al igual que todo lo relacionado con formación, provisión de puestos de trabajo, segunda actividad, jornadas y horarios, concierne al Gobierno en el plazo de un año.

Comité de Buenas Prácticas. En el plazo de un año desde la entrada en vigor de la Ley se constituirá un Comité de Buenas Prácticas y Transparencia como mecanismo externo de control y supervisión en materia de ética y deontología profesional. Estará integrado por cinco personas (una de ellas Policía de Navarra), designadas mediante Decreto Foral de la Presidencia del Gobierno para un período de 3 años, entre personal en activo o jubilado al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y los Organismos Públicos, empresas públicas, UPNA y demás entidades de derecho público que cuenten con conocimientos en el ámbito la seguridad pública, el derecho, la sociología, la psicología o la ética.

Valoración del euskera. Se hace constar que las Administraciones Públicas de Navarra promoverán que su conocimiento constituya un requisito o mérito en determinados puestos de trabajo, de conformidad con el Decreto Foral 103/2017, de 15 de noviembre, por el que se regula el uso del euskera en las administraciones públicas, sus organismos públicos y entidades de derecho dependientes.

Promoción de la mujer. En consonancia con las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, se elaborarán planes de promoción de las mujeres en los cuerpos policiales (se fijará el porcentaje de mujeres en plantilla) para corregir su infrarrepresentación e incrementar la eficacia. A su vez, podrán adoptarse medidas específicas “razonables y proporcionadas” dirigidas a subsanar situaciones de desigualdad, aplicables también en lo relativo a empates en el orden de clasificación de los procedimientos de selección.

Pasarela de Local a Foral. Se posibilitará la integración de funcionarios de las Policías Locales de Navarra en la Policía Foral en la misma categoría o empleo que ostenten en su Cuerpo de origen, en las condiciones que se fijen en un reglamento que el Gobierno remitirá al Parlamento en el plazo máximo de un año.