guadalajara - Patrick Nogueira, el joven brasileño acusado de asesinar a sus tíos, de 39 años, y a sus primos de 1 y 4 años en Pioz (Guadalajara) fue condenado ayer a prisión permanente revisable. Se trata del quinto caso sentenciado con esa condena en el Estado español.

La magistrada-presidenta del juicio con Tribunal del Jurado del llamado caso Pioz, María Elena Mayor Rodrigo, realizó ayer la lectura pública de la sentencia tras el juicio celebrado contra Patrick Nogueira en el que fue declarado culpable de asesinato con intencionalidad, ensañamiento con los menores y sin considerar ninguna circunstancia atenuante.

La magistrada sentenció al acusado a 25 años de prisión por el asesinato con alevosía de su tía Janaina y a tres condenas de prisión permanente, dos por los dos asesinatos “con ensañamiento y por su especial vulnerabilidad” de los niños, y una tercera por el asesinato de su tío Marcos.

En el caso del tío se ha considerado un asesinato con alevosía pero se ha fijado la pena de prisión permanente revisable ya que el acusado ha sido condenado a más de tres asesinatos, fijado como asesinato múltiple, que también está castigado con prisión permanente revisable.

indemnización La sentencia también recoge una indemnización para los padres de los tíos asesinados de 120.000 euros y de 18.000 euros para cada uno de sus hermanos, ascendiendo a 24.000 en el caso de la hermana menor de Janaina.

El acusado escuchó la sentencia por videoconferencia desde prisión y no mostró ninguna reacción.

El fallo considera probado que las cuatro muertes fueron asesinatos al considerar la alevosía e intencionalidad y estima que las víctimas no tuvieron posibilidad de defensa, así como el ensañamiento al matar a Janaina en presencia de sus hijos.

Las muertes de los dos adultos son consideradas asesinatos con alevosía a la vista de las pruebas periciales practicadas durante el juicio, que descartaron marcas defensivas en los cuerpos, a lo que se une que en el caso de la mujer ocurrió en la cocina de la vivienda, un recinto reducido en el que la víctima se encontraba de espaldas a la puerta, según la sentencia.

Las muertes de los dos menores se consideran asesinatos con ensañamiento, con la circunstancia de que debido a su corta edad eran especialmente vulnerables, y el ensañamiento viene porque fueron testigos de la muerte de su madre, una acción que el condenado realizó para aumentar deliberada, consciente e innecesariamente el sufrimiento de los pequeños.

asesinato hiperagravado La magistrada considera que las muertes de los dos niños se enmarcan en el tipo penal de asesinato hiperagravado, que conlleva una pena más grave, la prisión permanente revisable para cada uno de los delitos.

Respecto a la condena por la muerte del tío, se dictó prisión permanente revisable en base a lo recogido en el artículo 140.2 del Código Penal que aplica esta pena a quien hubiera sido condenado por la muerte de más de dos personas.

Pese a ser el quinto caso en el Estado español, Nogueira es el primero por más de dos asesinatos. - Efe