PAMPLONa - El Juzgado de lo Penal número 4 de Pamplona ha condenado a E.F.S.G., un joven vecino de Pamplona y de origen ecuatoriano, a dos años y medio de prisión por un delito de descubrimiento y relevación de secretos después de que introdujera su móvil por debajo de la puerta del baño de la estación de autobuses de Pamplona y grabara a un chico de 17 años que se estaba cambiando de ropa en el habitáculo. Al acusado se le impone además una multa de 4.860 euros y tendrá que indemnizar con 600 euros a la víctima de los hechos. De hecho, como ya ha consignado dicha cantidad en el juzgado, se le aplicó la atenuante (que rebaja la pena) de reparación del daño. La Fiscalía pedía para él tres años de prisión mientras que la defensa reclamaba la absolución.

El menor, que estaba a un mes de cumplir la mayoría de edad y que se iba a poner un chándal para viajar más cómodo en autocar hasta Bilbao, presentó denuncia tras observar cómo el otro joven introducía la mano con el móvil por el aseo contiguo, bajo la puerta. Luego, al salir al exterior, comprobó que ese joven, el ayer acusado, era el único que se encontraba en el baño y que en el resto de cabinas para orinar no había nadie ya que “las puertas estaban abiertas”. Los hechos sucedieron el 12 de noviembre de 2017 y el procesado defendió en el juicio que el teléfono le fue sustraído sin su permiso por los agentes de la Policía Nacional. El acusado dijo que “no era cierto” que grabara al otro chico, pero el juez entiende que este hecho ha quedado acreditado, no solo con la declaración del denunciante, sino también de los policías que intervinieron en el lugar. A pesar de que el procesado defendió que “estaba en el lugar incorrecto en el momento incorrecto”, los dos agentes que le interceptaron manifestaron que el propio joven grabado y denunciante de los hechos fue el primero que les indicó que el acusado era el autor de los hechos. Y coincidieron en que este les entregó el móvil para ver el vídeo, que no se lo arrebataron sino que fue un acto libre y voluntario. En la grabación, según dijeron, se veía “un acto íntimo, un chico de espaldas cambiándose de ropa y al que después, a lo largo del vídeo, se le veía la cara porque se giraba. Era el mismo chico del vídeo el que denunció”. El denunciante refrendó que al acusado no le quitaron el móvil a la fuerza. “Él les entregó el teléfono”. El fallo es recurrible. - E.C.