PAMPLONA - El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria ha autorizado al valtierrano Javier Samanes Sanz, autor del asesinato del joven Dayan Murillo Blasco, al que tiroteó con una escopeta de caza en 2012 en Valtierra, la libertad condicional de forma anticipada al cumplir dos tercios de la pena que le impuso el Tribunal Supremo, que le condenó a 11 años y 3 meses de prisión. De este modo, Samanes accedería a la libertad tras haber transcurrido menos 7 años y 6 meses del crimen, y el resto de su pena quedaría suspendida.

En un auto, que puede ser recurrido por la familia de la víctima ante la Audiencia Provincial de Navarra, algo que no hará el Ministerio Fiscal, dado que informó de forma favorable a la puesta en libertad del penado, el juez de Vigilancia Penitenciaria establece “varias reglas de conducta” que deberá cumplir Samanes, que ahora cuenta con 37 años de edad, entre las que figuran la prohibición de ausentarse de su domicilio sin la autorización del propio juzgado; comparecer personalmente en el juzgado o departamento de Trabajo Social Penitenciario para informar de sus actividades; cumplir el Plan Individual de Intervención que elabore la Administración Penitenciaria; y abonar la responsabilidad civil pendiente.

El crimen ocurrió el 8 de enero de 2012 cuando, sobre las 6.45 horas, Dayan Murillo, que tenía 22 años, recibió tres disparos en la espalda efectuados por Javier Samanes en la plaza de los Fueros de Valtierra. Previamente el acusado había ido a su domicilio para coger una escopeta semiautomática, la cual cargó con dos cartuchos de postas y uno de perdigones, con los que causó la muerte del joven que residía en Arguedas, según los hechos declarados probados por el jurado popular que enjuició los hechos.

Desde el mes de octubre de 2018, el autor de la muerte de Dayan Murillo ya disfrutaba del tercer grado penitenciario, con la única obligación de tener que dormir en prisión los días entre semana, y desde febrero de este año se mantenía en tercer grado con control telemático, según se recoge en el auto dictado por el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, en el que se indica que la Junta de Tratamiento de la cárcel de Pamplona incoó a principios de abril un expediente para estudiar la concesión de la libertad condicional a Samanes, dado que había cumplido ya las dos terceras partes de la condena.

REINSERCIÓN SOCIAL “LABORABLE” El juez de Vigilancia Penitenciara destaca que “el penado ha venido manteniendo un buen comportamiento, actitud colaboradora, participativa en actividades penitenciarias, ha exteriorizado una positiva evolución, siempre con un comportamiento correcto y adaptado, participando en numerosas actividades, con colaboración excelente” y que las salidas de prisión han sido “muy numerosas y los resultados siempre han sido satisfactorios”. Por ello, concluye que “no hay razón alguna para no autorizar la libertad condicional ya que a la vista de todos los elementos concurrentes se han constatado y reunidos las circunstancias precisas para valorar que concurre un pronóstico favorable de reinserción social”.

En cuanto a la responsabilidad civil aún insatisfecha, que el Tribunal Supremo fijó en 282.470 euros, el juez admite que “si bien es cierto que del importante total debido se ha abonado una parte proporcionalmente bien pequeña en comparación con dicho total, tampoco debe eludirse que se han materializado cierto esfuerzo, pues en total y hasta ahora lo aportado supera los 14.000 euros” y “no ha dejado de realizar aportaciones periódicas aun cuando fueren modestas y considerando lo limitado de sus ingresos que obtenía de sus labores en el interior de la prisión y que en absoluto alcanzaban el nivel de un salario mínimo”.

El juez argumenta, además, que “precisamente su progresión a tercer grado es lo que ha posibilitado concretar una relación laboral que ha incrementado en cierta medida sus ingresos y por cuya razón la cuantía de los abonos mensuales se ha visto significativamente incrementada pues el penado voluntariamente entrega el 25% de su ingreso mensual”.

archivan una denuncia de la madre

Por tenencia de armas y acoso. El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Tudela ha archivado una denuncia interpuesta contra Javier Samanes por la madre de Dayan Murillo, que puso en conocimiento del juzgado que el condenado por el asesinato de su hijo había sido visto en varias ocasiones portando una escopeta de caza, lo que a su juicio podría constituir un delito de tenencia ilícita de armas, así como por un delito de acoso, ya que según la denuncia la familia de la víctima había visto “coartada y coaccionada su convivencia social, laboral y familiar” por la presencia de Samanes. Sin embargo, la magistrada entiende que los hechos denunciados no son constitutivos de infracción penal alguna. - J.M.S.