A 243 kilómetros por hora se recorren 67 metros en un segundo y más de 4 kilómetros en un minuto. A esa velocidad hiperbólica fue detectado el domingo por un radar de la Policía Foral un conductor afincando en Barcelona circulando por la Autopista Vasco-Aragonesa (AP-68), una cifra récord entre las sancionadas en la Comunidad Foral y que supone la comisión de un delito de contra la seguridad vial, penado con hasta seis meses de prisión o multa, y, en cualquier caso, con la de privación del carné por hasta cuatro años.

Durante el fin de semana, y con motivo de la operación retorno de las vacaciones de verano, patrullas de seguridad vial de la Policía Foral adscritas a los grupos de radar de las comisarías de Pamplona y Tudela realizaron varios controles de velocidad en distintas vías de alta capacidad y de la red secundaria de la Comunidad Foral. En total, el Cuerpo autonómico controló 8.742 vehículos de los que 1.180 fueron denunciados, lo que supone el 13,5%.

El sábado, a pesar del gran volumen del tráfico las infracciones “no fueron especialmente reseñables”, indicaron fuentes de la Policía Foral. Así, en la AP-68 (Autopista Vasco-Aragonesa) la velocidad máxima captada por los radares de la comisaría de la Policía Foral en Tudela fue de 199 km/h y la inmensa mayoría de los infractores circularon entre 150 y 165 km/h.

INFRACCIONES PENALES El domingo, en la misma vía, se detectaron tres vehículos a velocidades constitutivas de delito, dos a 211 km/h y uno a 243 km/h, cuyos conductores, vecinos de Barcelona y Valencia, son investigados por un delito contra la seguridad del tráfico. En el caso del turismo deportivo detectado a 243 km/h, se trata de la mayor velocidad que ha sido sancionada en la Comunidad Foral, ya que el anterior registro más elevado se situó en los 239 km/h.

El artículo 379 del Código Penal establece que “el que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en 60 kilómetros por hora en vía urbana o en 80 kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años”.